10º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

WAGNER/MOLINA

Rol

Fecha

9 de abril de 2025

Materia

CUENTAS, PROCEDIMIENTO ART.680 Nº8 C.P.C.

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que el artículo 696 del Código de Procedimiento Civil dispone que la prueba se rendirá en el plazo y forma establecida para los incidentes, de modo que es aplicable lo dispuesto en el artículo 90 del mismo cuerpo legal, conforme al cual las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto por la parte demandada el veintiocho de enero de dos mil veinticinco (folio N°74), en contra de la resolución de veintidós del mismo mes y año (folio N°72). Comuníquese. N°Civil-3386-2025.imm

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto por la parte demandada el veintiocho de enero de dos mil veinticinco (folio N°74), en contra de la resolución de veintidós del mismo mes y año (folio N°72). Comuníquese. N°Civil-3386-2025.imm

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de abril de dos mil veinticinco. Al folio N°3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el artículo 696 del Código de Procedimiento Civil dispone que la prueba se rendirá en el plazo y forma establecida para los incidentes, de modo que es aplicable lo dispuesto en el artículo 90 del mismo cuerpo legal, conforme al cual las resoluciones que se p

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