MP C/ANDRÉS ABEL ROJAS ESPINOSA Y MIGUEL ÁNGEL PÉREZ TOLEDO.
Rol
Fecha
7 de abril de 2025
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes, aparece que, en este estadio procesal, concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por el que se formalizó la investigación y la eventual participación de los imputados en el mismo, quienes fueron detenidos luego de una persecución del vehículo sustraído, una vez que bajaron de este para intentar seguir huyendo a pie, vehículo en que se encontró una de las especies que la victima describió como utilizada para lograr la sustracción. Además cabe considerar que uno de los imputados vestía con una polera similar a la descrita por la víctima como aquella utilizada por uno de los hechores. Finalmente debe tenerse presente la proximidad en el tiempo entre la comisión del ilícito y la detención de los imputados y la circunstancia de haber sido uno de ellos reconocido por la víctima según se indica en el parte policial. En cuanto a la necesidad de cautela, la libertad de ambos imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, en atención a la naturaleza, gravedad, bienes jurídicos afectados, el hecho de haber actuado en grupo o pandilla, la circunstancia de registrar el imputado Rojas Espinosa antecedentes penales pretéritos, pena probable a imponer y su eventual forma de cumplimiento. Y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de treinta de marzo del año en curso, en los autos RIT 2171-2025 por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la prisión preventiva de los imputados Andrés Abel Rojas Espinosa y Miguel Ángel Pérez Toledo. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°1091-2025 Penal
Texto Completo (Preview)
Fecha: siete de abril de dos mil veinticinco. Sala: Cuarta Rol Corte: 1091-2025 RIT: 2171-2025 Ruc: 2500426951-1 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Relator (a): Diego Muñoz Gaete Abogado asesor del Ministerio Público: Darío Patricio Sanhueza De la Cruz Defensor penal público: Víctor Manuel Zúñiga Román Imputados: Andrés Abel Rojas Espinosa y Miguel Ángel Pérez Toledo Tipo de Recurso: Ap
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