JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE COPIAPO

NAVARRO/SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL MCJ LIMITADA

Rol

Fecha

7 de abril de 2025

Materia

PRESTACIONES

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que en estos autos sobre acción de tutela laboral con ocasión del despido, RIT T-9-2025, del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, mediante resolución dictada en audiencia preparatoria de fecha 14 de marzo de 2025 se ha acogido la excepción de caducidad opuesta por la parte denunciada en contra de la demandante respecto de la acción para reclamar una vulneración de derechos fundamentales, sin costas por estimarse que tuvo motivo plausible para litigar el demandante en esta sede jurisdiccional. La citada resolución es objeto de recurso de apelación por parte del apoderado de la actora. 2°) Que del mérito del libelo y su complementación, se advierte que la acción principal de tutela laboral se funda en un despido que se califica de vulneratorio, precedido de una serie de hechos igualmente lesivos, acaecidos durante la relación laboral, sosteniendo que el término del citado vínculo sería corolario y manifestación de esa conducta dañosa. 3°) Que, por lo señalado, no resulta procedente circunscribir el análisis de la acción intentada solo al último acto, desde que el planteamiento de la actora alude a un contexto previo de hostigamiento, que no sería posible disociar. 4°) Que, a mayor abundamiento, la resolución apelada priva a la parte demandante de su derecho a probar dicho contexto, violentándose así la garantía del debido proceso, consagrado en la Constitución Política de la República, pues no se estaría en presencia de un procedimiento racional y justo, como asimismo en los Tratados Internacionales suscritos por Chile y que se encuentran vigentes, por aplicación del artículo 5° inciso segundo de aquélla. En tal sentido se reitera lo ha razonado por la Excelentísima Corte Suprema, en sentencia dictada con fecha 19 de junio de 2019, en los autos Rol N° 9.363-2019, señalando: “Décimo: Que para determinar el correcto alcance de dicha normativa, es menester recordar que, en materia laboral, las normas procesales deben ser comprend

Fundamentos

fundamentos y lo dispuesto en los artículos 453 inciso primero N° 1 y 474 del Código del Trabajo; SE REVOCA, la resolución apelada, dictada en audiencia de catorce de marzo de dos mil veinticinco, por el juez del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, don José Marcelo Álvarez Rivera, que acogió la excepción de caducidad esgrimida por la denunciada Sociedad Comercial e Industrial MCJ Limitada, respecto de la acción de tutela de derechos fundamentales y, en su lugar,

Fallo

se decide, que SE RECHAZA dicha excepción, debiendo continuarse adelante con la tramitación de la presente causa por juez(a) no inhabilitado(a). Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-78-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Copiapó Copiapó, siete de abril de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que en estos autos sobre acción de tutela laboral con ocasión del despido, RIT T-9-2025, del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, mediante resolución dictada en audiencia preparatoria de fecha 14 de marzo de 2025 se ha acogido la excepción de caducidad opuesta por la parte denunciada en contra de

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