AROS/SERVICIO MEDICO LEGAL
Rol
Fecha
7 de abril de 2025
Materia
ART. 2 CT. SOBRE ACTOS DE DISCRIMINACIÓN
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1° Que en autos RIT T-912-2024 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, la parte demandante interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva, indicando inicialmente que se funda en las causales de los artículos 477 como infracción de ley, 478 letra b) y 478 e) del Código del Trabajo. Posteriormente, para fundar la primera causal de infracción de ley, sólo enuncia artículos específicos que serían vulnerados en la sentencia, para luego citar extractos del fallo cuestionando la coherencia y valoración probatoria. Luego, al desarrollar la causal del artículo 478 letra b) refiere que la interpretación y aplicación del derecho no se “ajusta al espíritu, a lo ontológico de la norma y a principios generales de esta rama del ejercicio jurídico”, sin mencionar en específico y claramente qué regla de sana crítica se infringe. Finalmente, respecto a la causal del 478 letra e) no existe desarrollo alguno en el recurso. 2° Que los artículos 479 y 480 del Código del Trabajo establecen requisitos de admisibilidad para este tipo de impugnaciones, exigiéndose –entre otros– que se exprese el vicio que se reclama, la forma de interposición de las causales, indicando en cada una de ellas la forma que el vicio influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo, los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho y las peticiones concretas que este contenga. Asimismo, el inciso 3 del citado artículo 479 expresamente dispone que “una vez interpuesto el recurso no podrá invocarse nuevas causales”. 3° Que, en tales circunstancias, la impugnación de estos autos no cumple con el estándar legal exigido, al adolecer de una excesiva ambigüedad en torno a las causales de nulidad que lo fundamentan,; situación que es imposible soslayar, toda vez que el recurso de nulidad es un recurso de derecho estricto, que impide a esta Corte definir cuál es la pretensión del recurrente, así como completar las argumentaciones conexas que doten de contenido a los motivos de nulidad que invoca.
Fallo
fallo cuestionando la coherencia y valoración probatoria. Luego, al desarrollar la causal del artículo 478 letra b) refiere que la interpretación y aplicación del derecho no se “ajusta al espíritu, a lo ontológico de la norma y a principios generales de esta rama del ejercicio jurídico”, sin mencionar en específico y claramente qué regla de sana crítica se infringe. Finalmente, respecto a la causal del 478 letra e) no existe desarrollo alguno en el recurso. 2° Que los artículos 479 y 480 del Código del Trabajo establecen requisitos de admisibilidad para este tipo de impugnaciones, exigiéndose –entre otros– que se exprese el vicio que se reclama, la forma de interposición de las causales, indicando en cada una de ellas la forma que el vicio influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo, los fundamentos de hecho y de derecho y las peticiones concretas que este contenga. Asimismo, el inciso 3 del citado artículo 479 expresamente dispone que “una vez interpuesto el recurso no podrá invocarse nuevas causales”. 3° Que, en tales circunstancias, la impugnación de estos autos no cumple con el estándar legal exigido, al adolecer de una excesiva ambigüedad en torno a las causales de nulidad que lo fundamentan,; situación que es imposible soslayar, toda vez que el recurso de nulidad es un recurso de derecho estricto, que impide a esta Corte definir cuál es la pretensión del recurrente, así como completar las argumentaciones conexas que doten de contenido a los motivos de nulidad
Texto Completo (Preview)
kom C.A. de Santiago Santiago, siete de abril de dos mil veinticinco. Al folio Nº2, aténgase a lo que se resolverá. Vistos: 1° Que en autos RIT T-912-2024 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, la parte demandante interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva, indicando inicialmente que se funda en las causales de los artículos 477 como infracción de ley, 478 l
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