JUZGADO DE GARANTIA DE TALAGANTE

MP. C/ FRANCISCO IGNACIO LACOSTE BASAN.

Rol

Fecha

5 de abril de 2025

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que la defensa no ha cuestionado los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, sino que solo discute la necesidad de cautela contemplada en la letra c) del mismo cuerpo legal. Segundo: Que del mérito de los antecedentes esta Corte estima que la libertad del Imputado, constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,

Fundamentos

considerando la gravedad y carácter del delito, forma de comisión y bienes jurídicos protegidos. Y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 140 y 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de veintiocho de marzo del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Talagante, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Francisco Ignacio Lacoste Basan. Acordada con el voto en contra del ministro señor Mauricio Olave quien estuvo por revocar la prisión preventiva al imputado e imponerle medidas cautelares de menor intensidad, tales como el arresto domiciliario total y la prohibición de salir del país, por estimarlas suficientes para asegurar los fines del procedimiento. Devuélvase. N° 1068-2025-Penal

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San Miguel, cinco de abril de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Rol Corte: 1068-2025-penal Ruc: 2500242065-4 Rit: 1004-2025 JUZGADO DE GARANTIA DE TALAGANTE Ministro de fe: Sebastián Vergara de la Rivera Imputado: FRANCISCO IGNACIO LACOSTE BASAN Escritos proveídos en audiencia: folios 3 y 4 San Miguel, cinco de abril de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que la defensa no

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