C/ DAISY ANDREA ARIAS HERDOCIO
Rol
Fecha
5 de abril de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes que se han puesto en conocimiento de esta Corte, es posible colegir la concurrencia de los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en la comisión del delito de robo con intimidación, toda vez que la víctima fue rodeada por terceros, incluido uno de ellos portando un arma blanca en sus manos, lo que no permitió que ésta reanudara la marcha de su vehículo, limitando su libertad de movimiento, mientras la imputada intentaba sustraer las especies contenidas en el sector de carga del móvil. Asentado lo anterior, respecto de la necesidad de cautela, teniendo en consideración especialmente la forma de comisión del delito y la existencia de extensos antecedentes penales pretéritos respecto de la imputada, es posible presumir que existe un inminente riesgo de que en el futuro incurra en la comisión de otras conductas similares y de que se intente restar de los actos del procedimiento, por lo que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de los fines del procedimiento, que sólo pueden ser eficazmente resguardados mediante su prisión preventiva. Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de tres de abril del año en curso, dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, en los autos RIT O-4580-2025y, en su lugar, se dispone la medida cautelar de prisión preventiva de la imputada Daisy Andrea Arias Herdocio. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Penal N° 1697-2025 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Inelie Durán Madina, conformada por el Ministro suplente señor Fernando Guzmán Fuenzalida y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de tres de abril del año en curso, dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, en los autos RIT O-4580-2025y, en su lugar, se dispone la medida cautelar de prisión preventiva de la imputada Daisy Andrea Arias Herdocio. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Penal N° 1697-2025 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Inelie Durán Madina, conformada por el Ministro suplente señor Fernando Guzmán Fuenzalida y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Santiago, cinco de abril de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-1697-2025 Ruc: 2500450568-1 Rit: O-4580-2025 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: la Ministra señora Inelie Durán Madina, el Ministro (S) señor Fernando Guzmán Fuenzalida y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida Relator: Juan Pablo Lobiano Correa Digi
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