JUZGADO DE GARANTIA DE TALCAHUANO

MP C/ MARCELO EDUARDO FERNANDEZ CID

Rol

Fecha

5 de abril de 2025

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1.-) Que, el Ministerio Público apeló en contra de la resolución dictada el 3 de abril del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Talcahuano, que rechazó imponer la prisión preventiva al imputado Marcelo Eduardo Fernández Cid, concediendo únicamente aquella contemplada en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal en su modalidad de total; el aludido imputado se encuentra formalizado como autor del delito de tráfico de sustancias estupefacientes en pequeñas cantidades, en grado de ejecución consumado. 2.-) Que, el persecutor funda su recurso en que el imputado se encontraba en la vía pública comercializando droga lo que fue detectado por un dron de la policía, los que al concurrir al lugar hallaron en un basurero aledaño al imputado una botella que contenía 177 envoltorios contenedores de cocaína base, la que, comercializaba a los transeúntes del sector, captándose incluso a un comprador. De la actividad anterior existen registros de videos y fotografías. Asimismo, señaló que Fernández carece de irreprochable conducta anterior, registra numerosas anotaciones de distinta índole tales como, homicidio, maltrato de obra a Carabineros, robo con intimidación, porte de arma cortante, incluso tráfico de sustancias ilícitas en pequeñas cantidades cuya condena data de 7 de noviembre de 2020, de manera que, le perjudicará en el evento de ser condenado, la agravante prevista en el artículo 12 N°16 del Código Penal, de lo que se sigue que, tampoco le corresponderá una pena sustitutiva. Por su parte, la defensa argumentó que no están claras las imágenes, que haya manipulado la botella aludida, pero admite que estaba al lado del basurero, y además, que se trata de una persona consumidora. 3.-) Que, por consiguiente corresponde considerar en este caso la naturaleza del delito de que se trata, el bien jurídico protegido, la gravedad de la pena que le correspondería y su cumplimiento efectivo, de lo que se colige que la libertad d

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución dictada el tres de abril de dos mil veinticinco, por el Juzgado de Garantía de Talcahuano, en la causa RIT 1062-2025, RUC: 2500450263-1, que no hizo lugar a la solicitud del Ministerio Público de imponer la prisión preventiva al imputado Marcelo Eduardo Fernández Cid, y, en su lugar se resuelve que dicha cautelar le queda impuesta. Comuníquese y devuélvase. Rol N° -494-2025. Penal

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C.A. de Concepción CAS/cms Concepción, cinco de abril de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1.-) Que, el Ministerio Público apeló en contra de la resolución dictada el 3 de abril del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Talcahuano, que rechazó imponer la prisión preventiva al imputado Marcelo Eduardo Fernández Cid, concediendo únicamente aquella contemplada en el ar

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