ALEJANDRO ANDRES (INSPECTOR) MANCILLA MUNOZ C/ ANTONIA VALENTINA UBILLUZ VELARDE
Rol
Fecha
4 de abril de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que, en el presente caso, concurren todos y cada uno de los requisitos que señala el artículo 140 del Código Procesal Penal, los dos primeros, no han sido mayormente cuestionados en la audiencia. En cuanto a la letra c), se estima que la libertad de la imputada, constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, habida consideración a la gravedad de la pena asignada al hecho punible en comento y por existir peligro de fuga, debido a la dinámica propia del hecho punible pesquisado y la nacionalidad extranjera de la imputada. SE CONFIRMA la resolución de fecha veintisiete de marzo del año dos mil veinticinco, que decreto la medida cautelar de prisión preventiva de Antonia Valentina Ubilluz Velarde. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 254-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.
Texto Completo (Preview)
Corte de Apelaciones de Arica. Arica, cuatro de abril de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Rol: 254-2025 Penal Ruc: 2500413711-9 RIT: 2324-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: ministro señor Pablo Zavala Fernández, ministro señor José Delgado Ahumada y ministro (i) señor Héctor Gutiérrez Massardo. Relator (a): Jaqueline Cofré García Digitador (a): Adrián Sánchez Cam
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