3ER JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE VALPARAISO

SANTANDER GIBSON SERVICIOS LIMITADA/CIFUENTES

Rol

Fecha

4 de abril de 2025

Materia

INFRACCIÓN LEY SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR

Resultado

ANULA DE OFICIO

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Hechos

Visto: Primero: Que, en los autos Rol 5155-2022 del Tercer Juzgado de Policía Local de Valparaíso, la parte querellada y demandada civil Santander Gibson Servicios Limitada, representada por Andrey Stanislav Hrdina Meig, deduce recurso de apelación en contra de la sentencia de cuatro de enero de dos mil veintitrés, escrita a fojas 50 y siguientes, que condena a esta parte por infracción a la ley de protección al consumidor, al pago de una multa a beneficio municipal de $200.000 y, acogiendo la demanda civil deducida por Tommy Cifuentes Contador, al pago de la suma de $600.000, en ambas situaciones, en los términos indicados en el fallo. Segundo: Que, durante la vista del recurso, se advirtió un defecto en la ritualidad del procedimiento que afecta la garantía del debido proceso y acarrea un perjuicio cierto e irreparable a la parte que se alza, conforme se precisa a continuación, en base a lo obrado ante el juez a quo: 1.- A fojas 8, deduce querella infraccional y demanda civil de indemnización de perjuicios Tommy Cifuentes Contador contra Santander Gibson Servicios Limitada, por infracción a la Ley N°19.496. 2.- A fojas 36, la denunciada y demandada al contestar la querella y demanda civil, opone la excepción de falta de legitimación pasiva, negando mantener una relación de consumo con la contraria en los términos de la Ley de Protección al Consumidor. 3.- A través de la excepción de que se trata, el querellado y demandado civil cuestiona su legitimidad como tal, persiguiendo el rechazo de la acción intentada en su contra por no concurrir uno de sus requisitos básicos y, como excepción de fondo, se debió resolver en la sentencia, lo que no aconteció. Tercero: Que, conforme los artículos 83 y 84 del Código de Procedimiento Civil, la nulidad procesal podrá ser declarada de oficio en todos aquellos en que exista un vicio que irrogue a alguna de las partes un perjuicio reparable sólo con la declaración de nulidad, pudiendo corregirse de oficio los errores que se ob

Fallo

Por estas consideraciones y, visto las normas antes señaladas, se declara: I.- Que, de oficio, se anula la sentencia definitiva de cuatro de enero de dos mil veintitrés, dictada por el juez del Tercer Juzgado de Policía Local de Valparaíso, en autos Rol 5155-2022, retrotrayéndose la causa al estado de dictarse otra que incluya pronunciamiento sobre la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por la querellada y demandada civil a fojas 36, lo que deberá hacerse por juez no inhabilitado, prosiguiéndose la tramitación que en derecho corresponda. II.- Que, invalidada la sentencia, se omite pronunciamiento sobre el recurso de apelación deducido en su contra. Notifíquese y regístrese. Redacción de la ministra María Cruz Fierro Reyes. N° Policía Local-43-2024. No firma la Ministra señora Inés María Letelier Ferrada, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por encontrarse ausente, haciendo uso de feriado legal.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, cuatro de abril de dos mil veinticinco. Visto: Primero: Que, en los autos Rol 5155-2022 del Tercer Juzgado de Policía Local de Valparaíso, la parte querellada y demandada civil Santander Gibson Servicios Limitada, representada por Andrey Stanislav Hrdina Meig, deduce recurso de apelación en contra de la sentencia de cuatro de enero de dos mil veintitrés, escrit

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