VILLARROEL/UC CHRISTUS SERVICIOS CLINICOS SPA
Rol
Fecha
4 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Primero: Que comparece don Jorge Manrique Gusev, abogado, en representación de doña Bernardita Andrea Villarroel Ávila, interponiendo recurso de protección de garantías constitucionales en contra de UC Christus Servicios Clínicos SpA, pidiendo que se ordene a la recurrida hacer entrega inmediata e íntegra, por la vía más expedita, de todas las piezas que conforman la ficha clínica y demás antecedentes médicos de la recurrente, en un plazo máximo de 3 días, o en el plazo mayor que se determine. Expone que la actora se sometió a un proceso de interrupción del embarazo por inviabilidad fetal con fecha 3 de septiembre de 2024 en la Clínica Indisa, sin embargo, todos sus controles prenatales se realizaron en el Hospital Clínico UC Red Salud UC Christus. Con posterioridad, con fecha 9 de octubre de 2024, se solicitó a la institución la copia íntegra de la ficha clínica y todos los antecedentes clínicos de la recurrente, destacando especialmente los videos de las ecografías realizadas en los meses de mayo y julio de 2024. El 28 de octubre de ese año se recibe respuesta de la recurrida, remitiendo la ficha clínica, omitiendo piezas importantes, como: “el registro del control con el médico con el especialista en obstetricia y ginecología, Dr. Emanuel Llaguno Maturana, correspondiente a la revisión de ecografía de la semana 22 del embarazo y programada para el día 13 de agosto de 2024”; informando, además, en relación a la solicitud de “registro video ecografía realizada en mayo y julio” que solo se puede enviar los informes, ya que las imágenes no quedan guardadas en el equipo. De esta forma, a la recurrente se le negó el acceso al registro de control médico de revisión de la ecografía del 13 de agosto de 2024 y el registro de video de las ecografías realizadas en los meses de mayo y julio pasado. Expone que el artículo 13 de la ley 20.584 establece que se debe entregar total o parcialmente la ficha clínica, entre otros, al titular de la ficha, su representante leg
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y siguientes de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección y demás normas pertinentes, se decide que: Se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por doña Bernardita Villarroel Ávila, en contra de UC Christus Servicios Clínicos SpA. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Ingreso Corte Protección N° 22518-2024. Pronunciada por la Octava Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Alejandro Rivera Muñoz e integrada, por la ministra señora Lilian Leyton Varela y la abogada integrante señora Francisca Amigo Fernández. No firma la abogada integrante señora Amigo, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo del fallo, por encontrarse ausente.
Texto Completo (Preview)
Santiago, cuatro de abril de dos mil veinticinco. Vistos: Primero: Que comparece don Jorge Manrique Gusev, abogado, en representación de doña Bernardita Andrea Villarroel Ávila, interponiendo recurso de protección de garantías constitucionales en contra de UC Christus Servicios Clínicos SpA, pidiendo que se ordene a la recurrida hacer entrega inmediata e íntegra, por la vía más expedita, de todas
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica