SIN INFORMACION

CHARLUS BREUS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

4 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el habilitado en derecho Marcelo Carvallo Contreras, interpone acción constitucional de amparo en favor de Charlus Breus, nacional de Haití, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que califica de ilegal, consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°24541975, de 27 de noviembre de 2024, que rechazó su solicitud de permanencia definitiva y dispuso el abandono del país, lo que estima amenaza la garantía reconocida en el numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que la Resolución impugnada se funda en no remitir copia del pago de la multa por residir en el país con su permiso de residencia vencido y no acompañar el certificado de antecedentes penales, circunstancias que no son efectivas. Pide que se deje sin efecto la resolución y se reabra su solicitud de residencia definitiva. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones informa que el 20 de enero de 2023 el recurrente solicitó un permiso de residencia definitiva, el 24 de marzo de 2023, le informó que debía acompañar antecedentes a su solicitud, entre los que se encontraban el comprobante de pago de la multa por residencia irregular en el país y su certificado de antecedentes. Añade que el 14 de septiembre de 2024 le notificó el previo rechazo de la solicitud dado que no acompañó los antecedentes requeridos y le otorgó un plazo de 10 para que realizara los descargos, en cuyo plazo no remitió́ antecedentes. Refiere que en tal marco dictó la Resolución Exenta N°24541975, de 27 de noviembre de 2024 que rechazó la solicitud de residencia y dispuso el abandono por no acompañar el certificado de pago de la multa, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 Nº 1 de la Ley N°21.325. Finalmente, aclara que no ha dictado acto administrativo que aplique la medida de expulsión. Tercero: Que la Policía de Investigaciones de Chile informa que la recurrente no registra órdenes de expulsión vigentes. Añade qu

Fundamentos

fundamentos que la llevaron a adoptar dicha decisión, conforme con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley N°21.325, derivando en que la determinación administrativa que sirve de fundamento al recurso fue adoptada con arreglo a la normativa especial que la rige y, por ende, no admite ser tildada de ilegal. Séptimo: Que, en efecto, en la especie consta que el recurrente solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva encontrándose en situación migratoria irregular, sin acompañar el certificado de antecedentes penales y en incumplimiento del pago de la sanción respectiva, conforme a lo establecido en el artículo 107 de la referida ley, configurándose, a su respecto la causal de rechazo contemplada en el artículo 88 N°1 del citado cuerpo legal. Octavo: Que, en consecuencia, al no advertir ilegalidad alguna en el proceder del recurrido, el presente recurso no puede prosperar. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Charlus Breus, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°455-2025 Amparo

Texto Completo (Preview)

San Miguel, cuatro de abril de dos mil veinticinco. Al folio 6: Estese al mérito de autos. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el habilitado en derecho Marcelo Carvallo Contreras, interpone acción constitucional de amparo en favor de Charlus Breus, nacional de Haití, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que califica de ilegal, consistente en la dictación de la Resoluci

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