SIN INFORMACION

JEAN WILSON OMIDAS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

4 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADO

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Marcelo Carvallo Contreras interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en favor de Jean Wilson Omidas, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad N°26.409.056-3, domiciliado para estos efectos en calle Paraguay N°1180, comuna de San Ramón, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, domiciliados en calle San Antonio N°580, comuna Santiago, que mediante Resolución Exenta N°25123738, de 5 marzo 2025, rechazó su solicitud de permanencia definitiva y ordenó su abandono del país, acto que estima desproporcionado, arbitrario, ilegal y vulneratorio de la garantía de libertad personal asegurada en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Indica que la resolución recurrida rechazó su permiso de residencia definitiva por no remitir el certificado de antecedentes penales de su país de origen debidamente legalizado y/o apostillado. Argumenta que dicha decisión resulta injusta, arbitraria y desproporcionada, dada las dificultades que existen para conseguir dicho documento en su país de origen, producto de la conocida crisis socio-política y humanitaria que atraviesa y, además, porque tal determinación priva de la posibilidad de incorporarse legalmente en una sociedad en que ya se encuentra arraigado. Solicita dejar sin efecto la resolución que dispone su abandono del país y continuar con el procedimiento a fin de regularizar su situación migratoria. Segundo: Que informa al tenor de recurso el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando su rechazo, por no existir un acto arbitrario o ilegal y haber actuado con apego a la normativa vigente. Luego de referir los antecedentes migratorios de la parte recurrente, indica que éste solicitó un permiso de permanencia definitiva el 17 de mayo de 2024; que mediante comunicación electrónica folio N°60719062, de 25

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del recurso de amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Jean Wilson Omidas en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°452-2025-Amparo

Texto Completo (Preview)

San Miguel, cuatro de abril de dos mil veinticinco. Al escrito folio 6: Estese al mérito. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Marcelo Carvallo Contreras interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en favor de Jean Wilson Omidas, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad N°26.409.056-

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