BANCO DEL ESTADO D E CHILE/CERDA
Rol
Fecha
3 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece el abogado Leslie Tomasello Weitz, en representación convencional de la recurrente Banco del Estado de Chile y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545, 548 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, interpuso recurso de queja en contra del Juez titular del Segundo Juzgado de Policía Local de Arica, don Luis Clemente Cerda Pérez, atendida la falta o abuso cometido por éste en la dictación de la resolución de 26 de noviembre de 2024, que rechazando un recurso de reposición, deja a firme la resolucion que tiene por no presentada la solicitud de medida prejudicial. Funda su arbitrio en que el 7 de noviembre de 2024, presentó solicitud de medida prejudicial de suspensión de la cancelación de cargos o restitución de fondos de conformidad a la Ley 20.009, dando origen a los autos Rol 768-2024/MM, seguidos ante el Segundo Juzgado de Policía Local de Arica y que con igual data el tribunal resolvió “previo proveer”, ordenando: 1.- Individualizar correctamente los documentos acompañados y 2.- Aclarar la representación invocada, “en el cuarto otrosí, dentro de tercero día de notificada la presente resolución, so pena de tenerla por no presentada y ordenar su archivo”. Señala que lo ordenado fue cumplido, individualizando correctamente los documentos acompañados y haciendo referencia expresa a los documentos en virtud de los cuales el abogado Leslie Tomasello, asumió personalmente el patrocinio del Banco Estado en autos. Sin perjuicio de lo cual el magistrado el 13 del mismo mes y año resolvió tener por cumplido parcialmente lo ordenado y “[…] no habiéndose cumplido con lo ordenado respecto de la comparecencia, téngase por no cumplido con lo ordenado, téngase por no presentada la medida prejudicial. Archívense los antecedentes.”. En contra de la resolución se dedujo recurso de reposición, haciendo presente al Juez que se había cumplido íntegramente con lo ordenado y adicionalmente, entregó una breve explicación de la naturaleza de la representación invocada, y la personería en virtud de la cual compareció el abogado Leslie Tomasello quien asumió personalmente el patrocinio de la causa. Refiere que la resolución recurrida causa un grave perjuicio a su representada, a quien se le priva del derecho a que el Juez se pronuncie respecto de la medida prejudicial intentada y al derecho a demandar, toda vez que, como consecuencia directa de la resolución recurrida, al tener por no presentada la solicitud de medida prejudicial, el plazo para interponer la demanda se encontraría precluido, vulnerando así el derecho a la acción consagrado en el artículo 19 N°3 de la Constitución Política de la República. Indica que el recurso de reposición incoado, fue rechazado fundado en que no se acreditó la personería ni asumió la representación, tampoco se acredito el patrocinio y poder, ya que no bastaría con acompañar simplemente el mandato y señalar que “asumiré personalmente el patrocinio…” para dar por satisfecho lo ordenado
Fallo
Por estas consideraciones y lo prevenido en los artículos 540, 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, SE ACOGE el recurso de queja deducido por el abogado Sr. Leslie Tomasello Weitz, en representación de Banco del Estado de Chile, y poniendo remedio al mal que lo motiva y en uso de las facultades disciplinarias de este tribunal, se acoge el recurso de reposición deducido en el otrosí de la presentación de fojas 87 del cuaderno digital de la causa rol 768-2024/MM dejando, en consecuencia, sin efecto el apercibimiento que se hizo efectivo a fojas 82 mediante resolución de 13 de noviembre de 2024, ordenando al juez de la causa proceder a dictar las resoluciones que en derecho corresponda respecto de la solicitud de medida prejudicial presentada. No se dispone la remisión de estos antecedentes al Pleno de este tribunal, por cuanto la falta o abuso no es de suficiente gravedad para ameritarlo. Regístrese, agréguese copia autorizada de esta resolución al proceso tenido a la vista. Hecho, archívense estos autos. Rol N°103-2024 Policía Local.
Texto Completo (Preview)
Arica, tres de abril de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece el abogado Leslie Tomasello Weitz, en representación convencional de la recurrente Banco del Estado de Chile y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545, 548 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, interpuso recurso de queja en contra del Juez titular del Segundo Juzgado de Policía Local de Aric
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