SIN INFORMACION

VELLOT/THAYER

Rol

Fecha

4 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparece Marcelo Carvallo Contreras, en representación de Guerline Vellot, nacional de Haití, N° de pasaporte R10974576, quien interpone recurso de protección en contra de la Resolución con fecha 30 de octubre de 2024 por el Servicio Nacional de Migraciones, persona jurídica de Derecho Público, representada actualmente por don Luis Eduardo Thayer Correa, que ha dado inicio al proceso sancionatorio de expulsión lo que vulnera los derechos fundamentales de su representada. Explica que Guerline Viellot, de nacionalidad haitiana, ingresó a Chile por un paso no habilitado, realizando la correspondiente autodenuncia al llegar a nuestro país. Desde que llegó a Chile la recurrente ha generado vínculos familiares y lazos afectivos en nuestro país, es así como actualmente vive su hija menor de edad chilena Yuneily Steevline Viellot Alfrena, la cual tiene actualmente 11 meses. Esta decisión de parte del Servicio Nacional De Migraciones como continuador legal del departamento de Extranjería y Migración fue manifestada, dejándolo en un estado de incertidumbre y de indefensión, toda vez que cumpliendo con los requisitos necesarios para su regularización, no se le será otorgada. El objetivo de la recurrente es seguir desarrollándose de forma profesional, laboral y personal, aprovechando las oportunidades que este país le proporciona, optando a una mejor calidad de vida la Resolución Exenta N°24322452 de fecha 02 de julio de 2024 emitida por el Servicio Nacional de Migraciones infringe las siguientes garantías constitucionales: Artículo 19 N°1: “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”. La recurrente junto a su marido e hijos viven en nuestro país desde el año 2017. Artículo 19 N° 2: “La igualdad ante la ley: En Chile no hay persona ni grupo privilegiados. En Chile no hay esclavos y el que pise su territorio queda libre. Hombres y mujeres son iguales ante la ley. Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias”. Se infringe la garantía en cuestión, toda vez que representa una discriminación respecto del resto de la población que en iguales condiciones residen y realizan su vida cotidiana en nuestro país. Por su parte, la ley 19.880, la cual establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado indica que “Las decisiones definitivas deberán expedirse dentro de los 20 días siguientes, contados desde que, a petición del interesado, se certifique que el acto se encuentra en estado de resolverse. La prolongación injustificada de la certificación dará origen a responsabilidad administrativa; estableciendo un plazo perentorio de 20 días hábiles para formular decisiones definitivas, como en efecto lo son, las que a bien tenga tomar relacionadas a las solicitudes de Permanencia Definitiva, objeto del presente Recurso de Protección; pero jamás un año o más para formular una decisión”. Esto claramente no se ve reflejado

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en Auto Acordado de la Excma. Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de amparo, SE RECHAZA el recurso de protección interpuesto por Marcelo Carvallo Contreras, en favor de Guerline Vellot, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sin costas. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y en su oportunidad archívese. N°Protección-27-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, cuatro de abril de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: Primero: Que comparece Marcelo Carvallo Contreras, en representación de Guerline Vellot, nacional de Haití, N° de pasaporte R10974576, quien interpone recurso de protección en contra de la Resolución con fecha 30 de octubre de 2024 por el Servicio Nacional de Migraciones, persona jurídica de Derecho Público, repres

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