A.F.P. HABITAT S.A. CON INMOBILIARIA SANTA MARTINA SA
Rol
Fecha
8 de abril de 2025
Materia
EJECUTIVO PREVISIONAL
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, de conformidad a lo previsto en el artículo 8º de la Ley 17.322, el recurso de apelación, en materia de cobranza laboral, sólo será procedente en contra de la sentencia definitiva de primera instancia, de la resolución que declare negligencia en el cobro señalado en el artículo 4º bis y de la resolución que se pronuncie sobre la medida cautelar del artículo 25 bis, naturaleza que no es atribuible a la resolución apelada. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley 17.322, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la ejecutada con fecha veintiuno de marzo de dos mil veinticinco, en contra de la resolución dictada el día dieciocho de marzo del mismo año, por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional Santiago Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-1046-2025.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley 17.322, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la ejecutada con fecha veintiuno de marzo de dos mil veinticinco, en contra de la resolución dictada el día dieciocho de marzo del mismo año, por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional Santiago Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-1046-2025.
Texto Completo (Preview)
gail C.A. de Santiago Santiago, ocho de abril de dos mil veinticinco. A los folios N° 1, 5 y 6: estese al mérito de lo que se resolverá. Al folio N° 4: a lo principal y primer otrosí, estese a lo que se resolverá. Al segundo otrosí, estese al mérito de la certificación de fecha cuatro de abril del presente año. Vistos y teniendo presente: Que, de conformidad a lo previsto en el artículo 8º de la L
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