MP FISCALIA LOCAL C/ ROBERTO CARLOS RUIZ ANTINIRRE
Rol
Fecha
3 de abril de 2025
Materia
CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD ART. 196 E LEY 18.290
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que los argumentos expuestos por la Defensa en estrados, no permiten alterar los
Fundamentos
fundamentos contenidos en la sentencia en alzada, en la medida que ésta, en su parte apelada, da cuenta de que se descarta la concurrencia de los requisitos subjetivos para la procedencia de la aplicación de una pena sustitutiva respecto del imputado, imponiéndose, en consecuencia, la necesidad de cumplimiento efectivo de la pena para que ésta pueda lograr sus fines, motivación que esta Corte comparte. Fundamentos por los cuales y visto, además, lo dispuesto en los artículos 364 y siguientes del Código Procesal Penal y 37 de la Ley N°18.216, SE CONFIRMA, en lo apelado, la sentencia de fecha veintiuno de enero del año en curso, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas. Regístrese y comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo. Rol N°107-2025. Penal.
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Punta Arenas, tres de abril de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que los argumentos expuestos por la Defensa en estrados, no permiten alterar los fundamentos contenidos en la sentencia en alzada, en la medida que ésta, en su parte apelada, da cuenta de que se descarta la concurrencia de los requisitos subjetivos para la procedencia de la aplicación de una pena sustitutiva respecto
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