PATAGONIA FACTORING S.A./SOCIEDAD DE SERVICIOS EN CONSTRUCCIÓN E INMOBILIARIA MONTE VERDE SPA
Rol
Fecha
3 de abril de 2025
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Primero: La presente causa sube en apelación por parte del ejecutado de la resolución de fecha 06 de septiembre de 2023, que haciendo uso de la facultad del artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, anuló la resolución de folio 64 en la parte donde dice “con citación” y también dejó sin efecto la resolución que tuvo por objetada la tasación y citó a las partes a audiencia de designación de perito. Los antecedentes dicen relación con la resolución de 20 de diciembre de dos mil diecinueve que tuvo como tasación del bien inmueble embargado, el monto que figura en el rol de avalúo fiscal, es decir, $2.845.009, con citación. Luego, el 28 de enero de 2020, tuvo como tasación el nuevo avalúo fiscal $ 2.884.838, acompañado, con citación. Posteriormente, con fecha 5 de febrero de dos mil veinte, se propusieron las bases de remate, ante lo cual el tribunal decide que previo a resolver se notifique al acreedor hipotecario. Una vez notificado a dicho acreedor, el tribunal solicita que se acompañe el certificado de avalúo fiscal actualizado. El 19 de mayo de 2021 se tuvo como tasación del bien inmueble a rematar el nuevo avalúo fiscal. Lo que originó una nueva propuesta de bases de remate, a lo cual el tribunal resuelve que, para proveer, se acompañe el certificado de avaluó fiscal correspondiente al 2º semestre de 2023. Finalmente, el 21 de julio de 2023 el ejecutante presenta un escrito señalando actualiza la tasación de inmueble a subastar ya aprobado, el que asciende a $4.653.276, acompañando el correspondiente certificado, se le tuvo por acompañado y como tasación del bien inmueble a rematar, con citación. Al tercer día, la parte ejecutada señala hacer uso de la citación, oponiéndose a que la tasación del inmueble sea el avalúo fiscal, objetándola y solicitando se nombre a perito tasador. Contra dicha resolución el ejecutante deduce un recurso de reposición con apelación en subsidio, alegando que la oportunidad procesal para objetar la tasación se encuentra
Fallo
se declara: Que se acoge, sin costas, el recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutada en contra de la resolución de folio 78 de fecha 06 de septiembre de 2023, dictada por el Juzgado Civil de Puerto Varas, en consecuencia, se revoca la referida decisión, y en su lugar, se declara que se mantiene la resolución que tuvo por objetada la tasación y citó a las partes a audiencia de designación de perito, debiendo el tribunal de la instancia dictar las resoluciones que en derecho correspondan a objeto de seguir con el curso progresivo de los autos. Regístrese, comuníquese. No firma el Ministro Titular don Jaime Vicente Meza Sáez, quien concurrió a la vista y acuerdo, por encontrarse con licencia médica. Rol Civil Nº 1310-2023
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, tres de abril de dos mil veinticinco. Vistos: Primero: La presente causa sube en apelación por parte del ejecutado de la resolución de fecha 06 de septiembre de 2023, que haciendo uso de la facultad del artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, anuló la resolución de folio 64 en la parte donde dice “con citación” y también dejó sin efecto la resolución que tuvo por objetada la
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica