MINISTERIO PUBLICO C/ OSCAR OMAR RIVERA GARRIDO
Rol
Fecha
3 de abril de 2025
Materia
LESIONES GRAVES . ART. 397 Nº2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1°.- Que la defensa del imputado Oscar Omar Rivera Garrido se ha alzado en contra de la resolución de 26 de marzo del presente año, en virtud de la cual el Juzgado de Letras y Garantía de Lota decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva a su respecto. El imputado en esta causa se encuentra formalizado por dos delitos de lesiones graves, tipificado en el artículo 397 N° 2 del Código Penal, porte ilegal de arma de fuego prohibida, tipificado en el artículo 14 de la ley de N°17.798 y porte ilegal de municiones contemplado en el artículo 9 inciso segundo de la ley sobre control de armas. En síntesis, cuestiona los presupuestos de las letras b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal y solicita se revoque la medida cautelar de prisión preventiva y se le imponga a su representado alguna de las medidas cautelares del artículo 155 del citado estatuto. 2°.- Que del mérito de los antecedentes y de lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, fluye que, hasta ahora, esta Corte comparte lo reflexionado por el juez de instancia, ya que existen elementos suficientes que justifican la existencia de los delitos por los cuales se encuentra formalizado el imputado, referidos en el motivo anterior, como asimismo aquellos que permiten presumir fundadamente la participación de Oscar Omar Rivera Garrido en éstos, a saber, la denuncia formulada por la directora del programa multimodal, las expresiones de la víctima Diego Espinoza Hermosilla, dando cuenta de la dinámica de los hechos, mismos que confidenció a su madre, de quien le causó las lesiones que sufrió, el relato de Carla Hermosilla, madre de la víctima, quien refiere a la SIP de Lota, quien buscó en la red social Facebook al imputado y al exhibirle la fotografía a su hijo, identifica inequívocamente como el autor de los ilícitos, los informes periciales que corroboran la gravedad de las lesiones y su correspondencia con el tipo de arma utilizada y el relato de Dan
Fundamentos
considerando que se trata de agresiones reiteradas con utilización de armas de fuego y su potencial lesividad, el bien jurídico tutelado por los ilícitos, como asimismo, la reiteración de las conductas imputadas revela un patrón delictual, de modo que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, siendo la medida cautelar de prisión preventiva la única, racional, idónea y proporcional en este caso concreto. 4°.- Que en consecuencia, las alegaciones formuladas por la letrada del imputado en nada alteran lo razonado precedentemente y no logran desvirtuar la prueba de cargo en esta primigenia etapa procesal.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 370 letra b) del Código Procesal Penal SE CONFIRMA la resolución apelada de 26 de marzo de 2025, dictada en audiencia por el Juzgado de Letras y Garantía de Lota, que impuso la medida cautelar personal de prisión preventiva al imputado Oscar Omar Rivera Garrido. Comuníquese lo resuelto de la manera más expedita. Las intervinientes quedan notificadas de la presente resolución en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia, sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-484-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción ARF/rtp Concepción, tres de abril de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1°.- Que la defensa del imputado Oscar Omar Rivera Garrido se ha alzado en contra de la resolución de 26 de marzo del presente año, en virtud de la cual el Juzgado de Letras y Garantía de Lota decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva a su respecto. El imputado en esta c
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