BETANCUR/SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y COMBUSTIBLES.
Rol
Fecha
4 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Que, de la presentación efectuada en estos autos, se deduce que lo reclamado corresponde a la respuesta administrativa de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en el marco de un reclamo realizado por el recurrente, y no respecto de una resolución dictada por dicha Superintendencia; y, de otro lado, se pide que la referida superintendencia obligue a la empresa Abastible a dar cumplimiento a una resolución dictada por la primera, lo que escapa del objeto de la presente reclamación. Por lo anterior, y de conformidad, además, a lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 19 de la Ley N°18.410, se declara inadmisible el recurso de reclamación interpuesto a folio 1. Al segundo otrosí: Téngase presente. Regístrese y archívese. N°Contencioso Administrativo-73-2025.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de reclamación interpuesto a folio 1. Al segundo otrosí: Téngase presente. Regístrese y archívese. N°Contencioso Administrativo-73-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CVF/ccv Concepción, cuatro de abril de dos mil veinticinco. Al escrito folio 5: Téngase por cumplido lo ordenado. Resolviendo el recurso de folio 1: A lo principal y primer otrosí: Visto: Que, de la presentación efectuada en estos autos, se deduce que lo reclamado corresponde a la respuesta administrativa de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en el marco de un
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