11B0 JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP.C/ B.A.C.L.

Rol

Fecha

3 de abril de 2025

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

hechos estando con una cautelar vigente, cuestión que fue informada a esta Corte durante la audiencia y no rebatida por la defensa, además del hecho de haber actuado en grupo o pandilla. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal y 32 y 33 de la Ley 20.084, se revoca la resolución apelada de uno de abril de dos mil veinticinco, dictada por el 11° Juzgado de Garantía de Santiago, que no dio lugar a la internación provisoria del imputado de iniciales B.A.C.L. y se declara que se le impone dicha medida, debiendo el tribunal a quo disponer lo necesario para cumplir lo resuelto por esta Corte. Devuélvase vía interconexión. Nº 1026-2025-Penal

Fallo

se declara que se le impone dicha medida, debiendo el tribunal a quo disponer lo necesario para cumplir lo resuelto por esta Corte. Devuélvase vía interconexión. Nº 1026-2025-Penal

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San Miguel, tres de abril de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Rol Corte: 1026-2025-penal Ruc: 2500439071-k Rit: 1444-2025 11° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Ministro de fe: Natalia Arancibia Sepúlveda Imputado: B.A.C.L. Escritos proveídos en audiencia: folios 3 y 4 San Miguel, tres de abril de dos mil veinticinco. Vistos. Que del mérito de los antecedentes aparece que concurren los presupues

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