MP C/JUAN CARLOS MORAGA GAMBOA.
Rol
Fecha
3 de abril de 2025
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes, aparece que, en este estadio procesal, concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por los que se formalizó la investigación y la eventual participación del imputado en el mismo. En cuanto a la necesidad de cautela, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, en atención a la naturaleza, gravedad, forma de comisión del ilícito, la pena probable a imponer, eventual forma de cumplimiento, la circunstancia de mantener una orden de aprehensión vigente al momento de su detención y el hecho de registrar sanciones como adolescente. Y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de veintiséis de marzo en curso, en los autos RIT 1656-2025 por el Juzgado de Garantía de Talagante que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de Juan Carlos Moraga Gamboa. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°1027-2025 Penal
Texto Completo (Preview)
Fecha: a tres de abril de dos mil veinticinco. Sala: Cuarta Rol Corte: 1027-2025 RIT: 1656-2025 Ruc: 2500406887-7 Tribunal: Juzgado de Garantía de Talagante Relator (a): Emil Ibarra Sáez Abogado asesor del Ministerio Público: Jonathan Morales Altamirano Defensor penal: Umberto Montiglio V Imputado: Juan Carlos Moraga Gamboa Tipo de Recurso: Apelación- cautelar Delito: Receptación Escritos resuelt
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