SIN INFORMACION

VENEGAS/CARRASCO

Rol

Fecha

3 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que, comparece doña María Ruth Venegas Quijada, quien interpone recurso de protección en contra del Conservador de Bienes Raíces de Coihueco, representado legalmente por don Héctor Andrés Carrasco Sanhueza, por las actuaciones ilegales y arbitrarias al dilatar en forma indebida, injustificada e infundada, la diligencia de traslado de registro de propiedad desde Chillán a la comuna de Coihueco, necesaria para tramitar ante el Servicio Agrícola y Ganadero la subdivisión del inmueble, para luego vender los lotes resultantes de tal división. Añade que el trámite en cuestión fue ingresado en el 5 de octubre del año 2023, designándose como caratula N° 2099, con fecha de entrega aproximada el día 5 de diciembre de 2023. 2° Que, con fecha diecinueve de marzo de dos mil veinticinco, informa el abogado Héctor Carrasco Sanhueza, Titular de la Octava Notaría de Chillán, con asiento en Coihueco y Conservador del mismo, indicando que la Caratula N° 2099, correspondiente al recurrente, se encuentra completamente tramitada, indicando en su escrito los datos de inscripción a fojas 65, Nro 60, Registro Propiedad año 2025. 3° Que, en virtud de lo expuesto precedentemente, se desprende que la solicitud de la recurrente, objeto del recurso, se encuentra resuelta, por lo que el presente arbitrio, careciendo de oportunidad, deberá ser desestimado. Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña María Ruth Venegas Quijada en contra del Conservador de Bienes Raíces de Coihueco, representado legalmente por don Héctor Andrés Carrasco Sanhueza, por haber perdido oportunidad. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de P

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña María Ruth Venegas Quijada en contra del Conservador de Bienes Raíces de Coihueco, representado legalmente por don Héctor Andrés Carrasco Sanhueza, por haber perdido oportunidad. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, regístrese y, hecho, archívese. Rol N° 986-2024 PROTECCIÓN.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán. GIP/ Chillán, tres de abril de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1° Que, comparece doña María Ruth Venegas Quijada, quien interpone recurso de protección en contra del Conservador de Bienes Raíces de Coihueco, representado legalmente por don Héctor Andrés Carrasco Sanhueza, por las actuaciones ilegales y arbitrarias al dilatar en forma indebida, injustificada e infu

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