ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COLINA /SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO
Rol
Fecha
3 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de la lectura del recurso de queja, se advierte que éste fue entablado para ante la Excma. Corte Suprema, en contra de la resolución de doce de febrero del año en curso, dictada en causa Rol M-115-2025, por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, siendo remitido por el máximo Tribunal a esta Corte, a solicitud de la recurrente, el veintiocho de febrero pasado, e ingresando a este Tribunal el tres de marzo pasado, de lo que se desprende que el presente recurso es extemporáneo, lo que obliga a declarar su inadmisibilidad. 2°.- Que, sin perjuicio de lo anterior, del mérito de los antecedentes se desprende que la resolución en contra de la cual se recurre por esta vía, no es una sentencia definitiva ni interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación, no susceptible de algún recurso, por lo que atendida su naturaleza, no procede a su respecto la interposición de un recurso de queja. Y de conformidad además, con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 letra a) del Código Orgánico de Tribunales se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto con fecha dieciocho de febrero del año en curso, por el abogado don David Vega Becerra. Archívese. N°Laboral - Cobranza-757-2025. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Guillermo de la Barra Dünner, e integrada por el Ministro (S) señor Fernando Valderrama Martínez y por el Abogado Integrante señor Manuel Luna Abarza.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto con fecha dieciocho de febrero del año en curso, por el abogado don David Vega Becerra. Archívese. N°Laboral - Cobranza-757-2025. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Guillermo de la Barra Dünner, e integrada por el Ministro (S) señor Fernando Valderrama Martínez y por el Abogado Integrante señor Manuel Luna Abarza.
Texto Completo (Preview)
mbaa C.A. de Santiago Santiago, tres de abril de dos mil veinticinco. Al folio N°1: por recibidos los antecedentes desde la Excma. Corte Suprema. Proveyendo derechamente el recurso de queja interpuesto por el abogado David Vega Becerra a folio N°1: a lo principal, y al segundo y tercer otrosí, aténgase a lo que se resolverá; al primer otrosí, a sus antecedentes; al cuarto y quinto otrosí, téngas
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