DÍAZ/RIESS
Rol
Fecha
7 de abril de 2025
Materia
HONORARIOS, COBRO DE (EN JUICIO)
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2) Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio por el demandado el cuatro de febrero del año en curso, folio número 18 del cuaderno de cumplimiento incidental, en contra de la resolución de fecha veintinueve de enero de dos mil veinticinco. Regístrese y devuélvase. N°Civil-4386-2025.imm
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio por el demandado el cuatro de febrero del año en curso, folio número 18 del cuaderno de cumplimiento incidental, en contra de la resolución de fecha veintinueve de enero de dos mil veinticinco. Regístrese y devuélvase. N°Civil-4386-2025.imm
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, siete de abril de dos mil veinticinco. Al folio N° 3 y 4: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámite
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