2º JUZGADO POLICIA LOCAL DE SANTIAGO

COMUNIDAD EDIFICIO CARMEN 77/

Rol

Fecha

4 de abril de 2025

Materia

LEYES ESPECIALES NO SEÑALADAS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: 1.- Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, el plazo para recurrir en contra de la sentencia definitiva es de cinco días, contados desde la notificación de la misma. 2.- Que, en estos autos la sentencia que motiva el presente recurso fue notificada a la parte recurrente el doce de febrero de dos mil veinticinco, a través del envío de carta certificada, según consta a fojas 87 del expediente de primera instancia. 3.- Que, del mérito de los antecedentes, consta que el recurso de apelación materia de autos, fue interpuesto el día veintiuno de febrero de dos mil veinticinco. Luego, en dichos términos, el plazo legal se encontraba vencido en estos autos a la fecha de interposición del señalado recurso, razón por la cual no puede ser admitido a tramitación. Y conforme lo preceptuado en los artículos 18 y 32 de la Ley N° 18.287 que establece el Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto el veintiuno de febrero de dos mil veinticinco contra la sentencia dictada el día seis de febrero del mismo año por el Segundo Juzgado de Policía Local de Santiago. Regístrese y devuélvase. N°Policía Local-1046-2025.

Fallo

se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto el veintiuno de febrero de dos mil veinticinco contra la sentencia dictada el día seis de febrero del mismo año por el Segundo Juzgado de Policía Local de Santiago. Regístrese y devuélvase. N°Policía Local-1046-2025.

Texto Completo (Preview)

gail C.A. de Santiago Santiago, cuatro de abril de dos mil veinticinco. Vistos: 1.- Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, el plazo para recurrir en contra de la sentencia definitiva es de cinco días, contados desde la notificación de la misma. 2.- Que, en estos autos la sentencia que motiva el presente recurso fue notificada a la parte recurrente el doce de febrero

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