ROJAS/FISCO DE CHILE - MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
Rol
Fecha
2 de abril de 2025
Materia
PRESTACIONES
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
Visto: De la sentencia invalidada se reproducen su parte expositiva, sus
Fundamentos
fundamentos y citas legales, previa eliminación de los motivos octavo, noveno, décimo y undécimo. Considerando: 1° Lo consignado en los motivos cuarto y quinto de la sentencia de nulidad que antecede, los que se dan por reproducidos para evitar reiteraciones innecesarias. 2° La circunstancia que el término de la contratación de la demandante se ajustó a la legalidad vigente, atendida la conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, por el cierre de la estrategia de aduanas y barreras sanitarias del Aeropuerto Arturo Merino Benítez (AAMB), según da cuenta la Resolución Exenta N°1155 de la SEREMI de Salud, cesando automáticamente sus funciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Código Sanitario. 3° En consecuencia, corresponde otorgar únicamente como indemnización por el tiempo trabajado, aquélla prescrita en el inciso tercero del artículo 163 del Código del Trabajo, sobre la base de la extensión del contrato (31meses y 12 días) y la remuneración que no ha sido discutida ($1,510.340). Y visto lo dispuesto en las disposiciones citadas, además de los artículos 163, 420 y siguientes del Código del Trabajo, manteniéndose las decisiones no afectadas con la invalidación,
Fallo
se declara que se rechaza la demanda de despido injustificado y, consecuentemente, se condena a la demandada a pagar la suma de $3.901.712, por concepto de indemnización del inciso tercero del artículo 163 del código del ramo, por tratarse de un contrato por obra o faena. Regístrese y comuníquese. Redacción de la ministra(s) señora Díaz Urtubia. N°Laboral - Cobranza-776-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dos de abril de dos mil veinticinco. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 478 del Código del Trabajo se procede a dictar la siguiente sentencia de remplazo. Visto: De la sentencia invalidada se reproducen su parte expositiva, sus fundamentos y citas legales, previa eliminación de los motivos octavo, noveno, décimo y undécimo. Considerando: 1° Lo consignado en
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