SUAREZ MONTES, LUIS RAFAEL/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
2 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA SIN COSTAS
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Sergio Aburto Mayorga, abogado, en favor de don Luis Rafael Suárez Montes, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, señalando como omisión ilegal y arbitraria la falta de pronunciamiento respecto de la solicitud de residencia definitiva, lo que representa una vulneración al derecho consagrado en el artículo 19 N°1 de la Constitución Política de la República. Sostiene que el 1 de julio de 2024 solicitó el beneficio migratorio de residencia definitiva, sin que hasta la fecha haya obtenido una respuesta final respecto de tal petición, lo que importa una perturbación para la realización de diversas actividades. Finaliza señalando que en la especie no se han observado los principios consagrados en la Ley N°19.880 y solicita se declare que la recurrida “ordene a un funcionario del Servicio revisar en qué estado de análisis está la solicitud de permanencia definitiva N°70736348, evacuando el informe correspondiente, acompañando todos los antecedentes que digan relación con el caso de marras, especialmente la resolución exenta del beneficio asociado a la solicitud, si es que ésta se encontrara ya emitida”. Acompaña a su recurso: 1. Certificado de título; 2. Hoja de identificación de pasaporte; 3. Tarjeta Única Migratoria; 4. Sello de ingreso al país estampada en el pasaporte; 5. Certificado de matrimonio; 6. Cédula de identidad chilena de doña Amiberth Guadalupe Pérez Sánchez; 7. Acta de nacimiento venezolana de Lucía Elena Suárez Pérez; 8. Cédula de identidad chilena de Lucía Elena Suárez; 9. Certificado de nacimiento de la Luisanny Suárez Suárez; 10. Cédula de identidad chilena de la Luisanny Suárez Suárez; 11. Visa sujeta a contrato N°962.214; 12. Estampado Electrónico N°49654577; 13. Contrato de trabajo; 14. Acta de inicio de actividades; 15. Escritura de constitución de la sociedad de acciones; 16. Solicitud de residencia definitiva; 17. Certificado de antecedentes penales de país de origen; 18. Resolución de 19 de agosto de 2024; 19. Orden de pago de derechos; 20. Comprobante de pago de derechos asociados; y 21. Impresión de pantalla estado de trámite de solicitud. SEGUNDO: Que a folio 4, comparece el Servicio Nacional de Migraciones, evacuando el informe requerido. En primer lugar, solicita se declare la inadmisibilidad de la acción, dado que no existe alguna vulneración, ni siquiera en grado de amenaza, de las garantías fundamentales alegadas. En efecto, sostiene que en el presente recurso de protección se alega la supuesta omisión arbitraria o ilegal al no dictar un acto terminal respecto a la solicitud de residencia definitiva del recurrente y que dicha omisión generaría por sí sola una supuesta vulneración o amenaza de sus derechos fundamentales. En ese contexto cita la sentencia dictada por la Excma. Corte Suprema, en sus causas Rol 115.064-2022 y 115.368-2022, ambas de 20 de marzo de 2022. Reitera que no existe algu
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se resuelve: I.- Que, SE RECHAZA, sin costas, la solicitud de declarar inadmisible el recurso. II.- Que, SE RECHAZA, sin costas, la excepción de falta de legitimación pasiva. III.- Que, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Luis Rafael Suárez Montes, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N°360-2025 Protección.-
Texto Completo (Preview)
Suárez Montes, Luis Rafael Servicio Nacional de Migraciones Recurso de protección Rol N°360-2025.- La Serena, dos de abril dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Sergio Aburto Mayorga, abogado, en favor de don Luis Rafael Suárez Montes, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, señaland
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