CENTRO DE MEDIDAS CAUTELARES DE SANTIAGO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

2 de abril de 2025

Materia

VIOLENCIA DE GÉNERO

Resultado

DIRIMIDA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, el artículo 40 de la Ley 21.675 señala expresamente: “Incompetencia y remisión de antecedentes. Si con ocasión del examen de la denuncia o de la demanda, o del conocimiento de cualquier antecedente introducido durante el curso del procedimiento se concluye que los hechos revisten caracteres de delito, el tribunal declarará su incompetencia por resolución fundada. Esa resolución se comunicará al Ministerio Público con todos los antecedentes fundantes. Asimismo, dicha resolución se comunicará al juzgado de garantía competente. Si el tribunal de familia ha dictaminado medidas cautelares, el tribunal de garantía...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de abril de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, el artículo 40 de la Ley 21.675 señala expresamente: “Incompetencia y remisión de antecedentes. Si con ocasión del examen de la denuncia o de la demanda, o del conocimiento de cualquier antecedente introducido durante el curso del procedimiento se concluye que los hechos revisten caracteres de deli

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