CAROLINA DEL CARMEN CACERES BILBAO/ GENDARMERIA DE CHILE CET TALITAKUM
Rol
Fecha
2 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Carolina del Carmen Cáceres Bilbao, interna en CET Semiabierto Talita Kum, interpone acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile. Indica que el viernes 7 de marzo realizó una colaboración en el casino del recinto penitenciario, realizando labores de picado de alimentos y lavado de loza. Explica que, al finalizar su trabajo, personal de Gendarmería de Chile efectuó un allanamiento de enceres, encontrando mallas de alimentos no declaradas (dos bolsas pequeñas de 6 ajos). Afirma que frente a dicho hallazgo, fue amenazada con el cese del beneficio trimestral del que goza o el cambio de recinto penal. Refiere que solo ella recibió amenazas de perdida de beneficio, en circunstancias que se encuentran involucradas otras cinco internas. Solicita acoger el recurso, mantener su beneficio de salid trimestral y permanencia en el recinto penitenciario referido. Segundo: Que, en cumplimiento del trámite decretado por esta Corte, informa Gendarmería de Chile, señalando que desde el C.E.T. Femenino de Santiago se informan que no existen antecedentes de faltas ni sanciones que se hayan aplicado o puedan aplicarse a la amparada. Tercero: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Agrega su inciso tercero que el mismo recurso podrá ser deducido a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. Cuarto: Que, del mérito de los antecedentes, se desprende que la recurre
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Carolina del Carmen Cáceres Bilbao, en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°367-2025 Amparo PAGE 1
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San Miguel, dos de abril de dos mil veinticinco Vistos y teniendo presente: Primero: Que Carolina del Carmen Cáceres Bilbao, interna en CET Semiabierto Talita Kum, interpone acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile. Indica que el viernes 7 de marzo realizó una colaboración en el casino del recinto penitenciario, realizando labores de picado de alimentos y lavado de loza.
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