SIN INFORMACION

SEGOVIA/DÍAZ

Rol

Fecha

1 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA CON COSTAS

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece PEDRO HERNÁN SEGOVIA VILLANUEVA, independiente, con domicilio en Recinto Endesa casa N°5, comuna de Ovalle, interponiendo incidente de recusación en contra del señor Juez Titular del Juzgado de Garantía de Ovalle, don Darío Arturo Díaz Peña y Lillo, afirmando que se encuentra afecto a la causal del artículo 196 N°16 del Código Orgánico de Tribunales, esto es, tener el juez con alguna de las partes enemistad, odio o resentimiento que haga presumir que no se halla revestido de la debida imparcialidad. Da cuenta que ante el Juzgado de Garantía de Ovalle se tramita la causa RIT 1359-2021, por investigación referida a hechos presumiblemente constitutivos de delito de estafa. Señala que para el 29 de noviembre de 2024 estaba programada audiencia de formalización de la investigación, la que se reprogramó para el día 18 de diciembre, fecha en que finalmente se llevó a cabo, sin perjuicio de diferirse la discusión de medidas cautelares para el 19 de diciembre, y luego para el 20 de diciembre, todos de 2024. En este contexto, afirma que en horas de la tarde del 19 de diciembre de 2024, le informaron que el juez recurrido había hecho comentarios despectivos de su persona, siendo testigo de estos hechos otro Juez del Juzgado de Garantía de Ovalle. En virtud de lo anterior, sostiene que el magistrado recurrido ha demostrado su enemistad, afectando claramente su imparcialidad, configurándose de esa forma la causal de recusación prevista en el artículo 196 N°16 del Código Orgánico de Tribunales. Por lo anterior y previa cita del derecho aplicable, solicita que se inhabilite al señor Juez para seguir conociendo la causa ya singularizada, por concurrir a su respecto la causal de recusación prevista en el artículo 196 N° 16 del Código Orgánico de Tribunales. SEGUNDO: Que, a folio 9, se evacuó informe por el señor Juez Titular del Juzgado de Garantía de Ovalle don Darío Díaz Peña y Lillo, quien afirma que no tiene amistad, ni enemistad alguna con el recurrente, como tampoco ha realizado comentario respecto a aquel en tono despectivo o similar, ni menos aún ante un Juez de Garantía de Ovalle. Afirma que ha tomado conocimiento y participado en algunas de las audiencias de formalización y discusión de cautelares en la causa RIT 1359-2021, en particular, las audiencias desarrolladas los días 29 de octubre, 21 y 29 de noviembre, 18, 19, 20 y 21 de diciembre, todas del año 2024, en las cuales se ha desempeñado objetiva y subjetivamente, conforme a los estándares de imparcialidad que exige la ley. Reitera que no tiene enemistad, ni amistad con el señor Segovia, desconociendo las razones por las cuales aquel formula las imputaciones a su respecto, debido a que con el otro juez de garantía de Ovalle, Sr. Luis Muñoz, no habla habitualmente, manteniendo más bien una relación distante, limitada a lo estrictamente necesario para el buen funcionamiento del tribunal. Sin perjuicio de lo señalado, hace presente un hecho ocurrido con post

Texto Completo (Preview)

Segovia Villanueva, Pedro Hernán Juez Titular del Juzgado de Garantía de Ovalle Recusación Rol 1734-2024 Penal.- La Serena, uno de abril de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece PEDRO HERNÁN SEGOVIA VILLANUEVA, independiente, con domicilio en Recinto Endesa casa N°5, comuna de Ovalle, interponiendo incidente de recusación en contra del señor Juez Titular del Juzgado

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