SIN INFORMACION

PÉREZ SÁNCHEZ, DANIEL ASIS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

31 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA SIN COSTAS

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece don Paulo Campos Troncoso, abogado, en favor de don DANIEL ASIS PÉREZ SÁNCHEZ, cédula de identidad N°27.108.224-K, de nacionalidad venezolana, interponiendo acción de protección en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por la falta de cumplimiento de la normativa que regula la tramitación de su solicitud de residencia definitiva, afectando sus derechos de igualdad ante la ley y a la integridad psicológica. Expone las circunstancias en las cuales el recurrente arriba a Chile, en diciembre de 2018, junto a su grupo familiar, ingresando por paso habilitado, para luego obtener en noviembre de 2019 una visa para poder trabajar en este país, y posteriormente, postular a la residencia definitiva. Hace presente que la tramitación de los beneficios migratorios es extremadamente demorosa, y que, en su caso, la solicitud demoró cuatro años en ser resuelta, y que, durante el año 2021, perdió acceso al correo electrónico asociado a su cuenta en el Servicio Nacional de Migraciones, debiendo actualizar su perfil e ingresar su nueva dirección de correo. Sin embargo, la resolución que puso término a su solicitud de residencia definitiva le fue notificada a la cuenta de correo que ya no se encontraba vigente, de lo cual tomó conocimiento el 05 de marzo de 2025, al consultar de manera presencial sobre el estado del trámite. Afirma que, el error por parte del Servicio Nacional de Migraciones le impidió tomar conocimiento oportuno de la resolución y ejercer los recursos que la ley establece. Destaca que, la causal del rechazo de su solicitud se funda en la falta del pago de la multa generada por permanecer más tiempo que el otorgado para fines turísticos, afirmando que dicha obligación fue cumplida dentro de plazo, acompañando el comprobante de pago respectivo. Alega que el servicio recurrido infringió el artículo 88 del Reglamento de la Ley de Migraciones, lo que trajo como consecuencia el rechazo de su solicitud, y la dictación de una orden de abandono, la que afecta sus relaciones de familia. Sostiene que, producto de lo anterior, también se vulnera la igualdad ante la ley, por cuanto otros solicitantes han sido notificados correctamente de los motivos del rechazo, pudiendo hacer uso de los plazos otorgados por la ley para subsanar errores, lo que no ocurrió en este caso. Solicita,

Fallo

por tanto, se acoja el recurso, ordenando al servicio tener a la vista el pago de la multa realizado y resuelva otorgar la residencia definitiva, o, en su caso, se le otorgue el plazo de 10 días establecido por la ley para subsanar los errores. Acompaña al recurso: 1. Declaración jurada de expensas. 2. Certificado de nacimiento de Isaías Daniel. 3. Certificado de cotizaciones previsionales. 4. Resolución que establece el pago de multa. 5. Fotografía de la página del SERMIG donde consta el correo al cual fue notificado el estado de tramite 13729647 que rechaza la solicitud de residencia. 6. Fotografía de correo actualizado. SEGUNDO: Que, a folio 4 evacuó informe Roberto Castillo Toro, abogado del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso, por haber perdido oportunidad. Indica que el recurrente ingresó a Chile el 04 de diciembre del 2018, en calidad de turista y que el 08 de noviembre de 2019, por medio de Resolución Exenta N°8195, la Gobernación Elqui, otorgó a la recurrente una visa temporaria por motivos laborales, por el período de 1 año y en calidad de titular. Dicho permiso mantuvo su vigencia desde el 25 de noviembre de 2019 hasta el 25 de noviembre de 2020. Agrega que, el actor solicitó el beneficio de permanencia definitiva el 19 de abril del año 2021, y que el 15 de junio de 2023, se pasa a la etapa de Solicitud de Documentos Adicionales, por cuanto incumplió los artículos 107 y 109 de la Ley de Migración y Extranjería, al trabajar sin a

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Pérez Sánchez, Daniel Asis Servicio Nacional de Migraciones Recurso de Protección Rol N°408-2025.- La Serena, treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece don Paulo Campos Troncoso, abogado, en favor de don DANIEL ASIS PÉREZ SÁNCHEZ, cédula de identidad N°27.108.224-K, de nacionalidad venezolana, interponiendo acción de protección en cont

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