1º JUZGADO DE LETRAS EN LO CIVIL DE ANTOFAGASTA

VÁSQUEZ/ (VISTA CONJUNTA CIVIL 4-2025)

Rol

Fecha

31 de marzo de 2025

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, resultando necesario precisar la persona del administrador de los bienes comunes, y siendo necesario para evitar controversias innecesarias entre las partes que ésta quede en manos de un tercero, se procederá a nombrar como administrador de la comunidad al Sr. Pablo Juan José Araya Álvarez. En cuanto a las remuneraciones del Sr. Administrador,

Fundamentos

considerando que los bienes comunes son dos departamentos que eventualmente pueden darse en arriendo, se estima del caso fijar la remuneración habitual de los corredores inmobiliarios por la gestión de administración de los contratos de arrendamientos en un diez por ciento de las rentas de arrendamiento a títulos de frutos civiles que pueden producir los inmuebles.

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMAN, las resoluciones apeladas de fecha diez y treinta de diciembre de dos mil veinticuatro, dictadas en causa Rit V-239-2024 del Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Antofagasta, con declaración de que se designa administrador de los bienes comunes al abogado Sr. Pablo Juan José Araya Álvarez, quien percibirá por este encargo el equivalente al diez por ciento de lo que obtenga a título de rentas de arrendamientos de los inmuebles que formen parte de la masa hereditaria como frutos civiles. Regístrese y comuníquese. Rol 190-2025 (CIV) y vista conjunta 4-2025 (CIV) 2

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, resultando necesario precisar la persona del administrador de los bienes comunes, y siendo necesario para evitar controversias innecesarias entre las partes que ésta quede en manos de un tercero, se procederá a nombrar como administrador de la comunidad al Sr. Pablo Juan José Araya Álvare

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica