SOCIEDAD CONCESIONARIA AUTOPISTA CENTRAL S.A/
Rol
Fecha
28 de marzo de 2025
Materia
APELACIÓN INCIDENTE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Teniendo presente que lo decidido por el Tribunal excede el ámbito de las facultades que le confieren los artículos 7 de la Ley N° 18.287 y 256 del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 42 de la Ley de Concesiones, por cuanto los instrumentos exigidos constituyen medios de pruebe que deben ser acompañados por la actora, para el éxito de su acción, en la oportunidad procesal pertinente, por lo que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 186 y siguientes de este último cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro, escrita a fojas diecisiete, dictada por el Juzgado de Policía Local de Conchalí en causa rol N° N-339-2024/IV y, en su lugar, se decide que el tribunal a quo deberá dar curso a la tramitación de la causa como en derecho corresponda. Comuníquese N° Policia Local-4465-2024.
Fallo
se decide que el tribunal a quo deberá dar curso a la tramitación de la causa como en derecho corresponda. Comuníquese N° Policia Local-4465-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de marzo de dos mil veinticinco. Vistos: Teniendo presente que lo decidido por el Tribunal excede el ámbito de las facultades que le confieren los artículos 7 de la Ley N° 18.287 y 256 del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 42 de la Ley de Concesiones, por cuanto los instrumentos exigidos constituyen medios de pruebe que deben ser acomp
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