SIMON/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
31 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que el recurso de protección consagrado en la Constitución Política de la República dice relación con la afectación de garantías constitucionales específicas de cuyo ejercicio legítimo por actos u omisiones contrarias a ley o por mero arbitrio de persona o autoridad determinada, el titular se ha visto amenazado, perturbado o privado, a fin de disponer las medidas de protección o de restablecimiento del derecho conducentes a poner término inmediato a la vulneración de derechos. 2°.- Que, el plazo para interponer el recurso es de treinta días corridos contados desde que ocurre el acto o amenaza que motiva el recurso o desde que se tuvo conocimiento de dicho acto o amenaza. 3°.- Que, los hechos relatados en el libelo dejan de manifiesto que ha transcurrido el plazo legal para recurrir de protección, pues se señala específicamente por el actor que el acto recurrido corresponde a la resolución administrativa de fecha 28 de octubre de 2024 que le rechazó solicitud de residencia definitiva y le otorgó residencia temporal, transcurriendo -por ende- con creces el plazo de que disponía para interponer la acción constitucional de protección. 4°.- Que, conforme lo previamente consignado, y, visto además lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Protección, se declara inadmisible por extemporánea la acción de protección interpuesta a folio N° 1. A lo principal y segundo otrosí: estese a lo resuelto precedentemente. Al primer otrosí: Por acompañado. Regístrese y archívese en su oportunidad. Protección Rol N° 328-2025.//kam.
Fallo
Fallo de Recurso de Protección, se declara inadmisible por extemporánea la acción de protección interpuesta a folio N° 1. A lo principal y segundo otrosí: estese a lo resuelto precedentemente. Al primer otrosí: Por acompañado. Regístrese y archívese en su oportunidad. Protección Rol N° 328-2025.//kam.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que el recurso de protección consagrado en la Constitución Política de la República dice relación con la afectación de garantías constitucionales específicas de cuyo ejercicio legítimo por actos u omisiones contrarias a ley o por mero arbitrio de persona o autoridad determinada, el titular se ha visto am
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