LETANG/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
28 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Con fecha 29 de octubre de 2024 comparece Franz Letang, de nacionalidad haitiana, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°24425319, de fecha 6 de septiembre de 2024, mediante la cual rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país, constituyendo ello una vulneración a su derecho de igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita que se disponga un nuevo plazo para enmendar lo necesario a fin de que se le otorgue el permiso respectivo. Funda su recurso en que ingresó a Chile en calidad de turista, por lo que una vez que venció dicho permiso, solicitó residencia temporal la que fue concedida en mayo de 2018 por 1 año. Posteriormente, obtuvo una segunda residencia del mismo tipo, la que venció en noviembre de 2022. En dicho periodo de tiempo, no cumplía con todos los requisitos para solicitar residencia definitiva pues no contaba con el certificado de antecedentes penales de su país de origen, por lo que tardó en efectuar su solicitud. Así, realizó el cálculo, procediendo a su pago el 6 de septiembre de 2023. Con fecha 14 de febrero de 2024 solicitó residencia definitiva pero cometió un error al hacer el cálculo de la multa, ingresar el artículo incorrecto en dicho procedimiento. Ante ello, el recurrido le indicó que debía hacer el pago de los derechos de la residencia, lo que cumplió, sin embargo, expresa que adjuntó la documentación errónea en lo relativo al comprobante de pago. Hace presente que la situación lo tiene angustiado, pues ha intentado cumplir con todo lo pedido de la mejor manera posible, pese a la complejidad de la barrera idiomática. Reclama que la decisión de la recurrida de disponer su abandono del país es desproporcional y arbitraria, por lo que solicita se le dé un plazo para enmendar la situación. Acompaña copia de su cédula de identidad, certificado de re
Fundamentos
motivos laborales y el 1 de julio de 2020, visa sujeta a contrato hasta el 30 de noviembre de 2020. Menciona que el 7 de septiembre de 2023, encontrándose con residencia irregular, solicitó el permiso de residencia definitiva, por lo que debió haber pagado la multa respectiva, además, el actor, no acompañó el certificado de antecedentes penales, sin que conste que lo haya remitido a la fecha, por lo que el 12 de agosto de 2024, se emitió la notificación de previo rechazo, por no haber pagado la multa ni acompañar el certificado antes dicho, sin que en el periodo dispuesto para los descargos, haya acreditado el cumplimiento de ello, por lo que el 6 de septiembre de 2024 finalmente se dispuso el rechazo de la solicitud de residencia definitiva y el abandono del país, no constando que hubiese deducido recurso administrativo en su contra. Indica que no se ha incurrido en ningún acto ilegal o arbitrario pues ha actuado dentro de la esfera de sus atribuciones, sin afectar las garantías constitucionales invocadas por la parte recurrente. Acompaña copia de la resolución exenta que rechazó la solicitud en cuestión y la notificación de previo rechazo. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, el recurso de protección establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales que esa misma disposición enumera, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, dificulte o perturbe ese ejercicio. Segundo: Que, mediante la presente acción constitucional se cuestiona la Resolución Exenta N°24425319 de fecha 6 de septiembre de 2024, mediante la cual se rechazó la solicitud de residencia definitiva del recurrente y dispuso el abandono del país en un plazo de 10 días, todo lo cual vulneraría las garantías constitucionales del artículo 19 N°2 y 3 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se deje sin efecto y se otorgue un nuevo plazo para subsanar los antecedentes faltantes. Tercero: Que, al respecto, la recurrida señala que efectivamente rechazó la solicitud, fundado en síntesis en que el extranjero no cumple suficientemente con los requisitos que lo habilitan para residir en el país, al no remitir la sanción solicitada por la autoridad y no haber presentado el respectivo certificado de antecedentes penales en la forma solicitada, por lo que conforme a lo dispuesto en el artículo 88 número 1, de la Ley N°21.325 es procedente el rechazo de su solicitud de residencia definitiva. Cuarto: Que, para resolver el presente recurso, se debe tener en consideración que el articulo 88 N°1 de la Ley 21.325, señala: “Causales de rechazo. Deben rechazarse por resolución fundada las solicitudes de residencias de quienes (…) 1.- No cumplan los requisitos… de cada categoría y subcategoría migratoria fijados
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema que regula la materia, se resuelve, que se acoge, el recurso de protección deducido en favor de Franz Letang, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°24425319, de fecha 6 de septiembre de 2024, debiendo el Servicio recurrido otorgar al recurrente un plazo razonable que no puede ser inferior a noventa días contados desde la notificación de la presente sentencia, para que acompañe el comprobante de pago de la multa respectiva y, hecho aquello, dicte un nuevo pronunciamiento respecto de la solicitud de residencia definitiva realizada por el actor. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol I. Corte 2434-2024 Protección. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.
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Rancagua, veintiocho de marzo de dos mil veinticinco. Vistos: Con fecha 29 de octubre de 2024 comparece Franz Letang, de nacionalidad haitiana, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°24425319, de fecha 6 de septiembre de 2024, mediante la cual rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del
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