ANONIMIZADO
Rol
Fecha
26 de marzo de 2025
Materia
PATERNIDAD, RECONOCIMIENTO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo únicamente presente que no se ha controvertido la existencia de otra carga de la demandada, lo que evidentemente disminuye su capacidad, y no habiéndose demostrado necesidades especiales del alimentante, se revoca, la resolución apelada de diez de febrero de dos mil veinticinco, que no dio lugar a la oposición deducida en contra de los alimentos provisorios, y en su lugar se decide que se da lugar a ella, rebajándose éstos a la suma de 2 U.T.M. Notifíquese. Regístrese y, en su oportunidad, devuélvase. N°Familia-54-2025
Fallo
se decide que se da lugar a ella, rebajándose éstos a la suma de 2 U.T.M. Notifíquese. Regístrese y, en su oportunidad, devuélvase. N°Familia-54-2025
Texto Completo (Preview)
CA Chillán Act/rps Chillán, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. Visto y teniendo únicamente presente que no se ha controvertido la existencia de otra carga de la demandada, lo que evidentemente disminuye su capacidad, y no habiéndose demostrado necesidades especiales del alimentante, se revoca, la resolución apelada de diez de febrero de dos mil veinticinco, que no dio lugar a la oposición
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