VERA/EXPORTADORA SERGIO RUIZ TAGLE HUMERES LIMITADA
Rol
J-235-2023
Fecha
13 de julio de 2023
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
hechos a probar: - Fecha en que el incidentista tomó conocimiento de la existencia del juicio y del vicio procesal que alega. - Efectividad de don Lorenzo Puentes Navia, era el representante legal de la ejecutada a la época de la notificación de la demanda, esto es, al 31 de mayo de 2023. - Domicilio de la ejecutada al 31 de mayo de 2023. 4° Que de los documentos aportados por ambas partes, y teniendo a la vista los autos RIT J-183-2022, es posible concluir lo siguiente: - Que la ejecutada para acreditar la época en que tomó conocimiento del juicio, con fecha 23 de junio último, acompañó correo electrónico de fecha 10 de junio de 2023 remitido por su propio abogado a un tercero, en el cual señala: “Estimado Pablo, Te comento que detecté 2 demandas nuevas de cobranza de finiquitos en contra de Exportadora SRTH y que adjunto. En ambas se señala a Lorenzo Puentes como representante legal de la empresa, siendo notificadas con fecha 01 de junio de 2023, en el domicilio ubicado en Lo Fontecilla N° 101, Torre 1, oficina 801, Las Condes. Dado que estamos fuera de plazo para oponer excepciones, tendré que solicitar la nulidad de la notificación, pero para ello necesito que me envíes la escritura de renuncia de poderes de Lorenzo Puentes, por favor.”. - Que no existe antecedente alguno en estos autos que demuestre la fecha en que el abogado de la ejecutada tomó conocimiento de los juicios que señala en su Código: LWMWXGKPXBK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl correo, es más, en dicho instrumento señala expresamente estar fuera de plazo para oponer excepciones, siendo ese el motivo de su incidente. - Que, en el presente incidente, no se señala quien es el actual representante legal de la ejecutada, es más, su abogado comparece mediante poder conferido por doña María Luisa Ruiz Tagle, en circunstancias que en los autos alega que ésta había dejado de tener la calidad de representante de la ejecutante en juni
Fallo
se resuelve: Que, se rechaza el incidente de nulidad incoado, sin costas. Sin perjuicio de lo resuelto, cumpla la ejecutada con señalar el nombre de su representante legal, dentro de quinto día hábil. RIT: J-235-2023 RUC: 23-3-0067820-3 Proveyó el(la) Juez(a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Santiago a trece de julio de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente. mha Código: LWMWXGKPXBK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-07-13T13:10:45-0400
Texto Completo (Preview)
Santiago, trece de julio de dos mil veintitrés. Como se pide, estese a lo que se resolverá: Vistos; 1° Que con fecha 12 de junio de 2023 compareció la ejecutada alegando la nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento, denunciando la nulidad de la notificación de la demanda efectuada con fecha 31 de mayo de 2023. Funda su incidente en que la persona notificada, esto es don Lorenzo Enrique Puen
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