ANONIMIZADO
Rol
Fecha
26 de marzo de 2025
Materia
RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que la resolución impugnada, acoge parcialmente una objeción de liquidación practicada en autos, resulta inapelable según lo dispuesto en el artículo 12 inciso 7° de la Ley 14.908, se declara inadmisible, por improcedente el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de veintiocho de febrero de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Familia de Quilpué. Devuélvase. N°Familia-408-2025.
Fallo
se declara inadmisible, por improcedente el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de veintiocho de febrero de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Familia de Quilpué. Devuélvase. N°Familia-408-2025.
Texto Completo (Preview)
via C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. Proveyendo derechamente a folio N°1 “Ingreso recurso”: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que la resolución impugnada, acoge parcialmente una objeción de liquidación practicada en autos, resulta inapelable según lo dispuesto en el artículo 12 inciso 7° de la Ley 14.908, se declara inadmisible, po
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