SOROKO LUCAS NICOLAS VLADIMIR/POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
26 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Lucas Nicolás Vladimir Soroko, argentino con residencia definitiva en Chile desde el 17 de febrero de 2009, deduciendo acción de amparo constitucional en su favor, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, por haber denegado su entrada al país, actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que no se ajusta a la causal contemplada en el artículo 32 numeral 6 de la Ley N° 21.325 invocada por la autoridad recurrida, vulnerando con ello el derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas, por lo que solicita se acoja el recurso, restableciendo el imperio del derecho y ordenando a la Policía de Investigaciones de Chile que se le permita la entrada a Chile. Expone que si bien nació en Argentina, reside en Chile desde hace veinte años, junto a su madre Viviana Sosa, su hermano Máximo Espinoza, su pareja chilena Rosa del Carmen Godoy y su hijo de un año y seis meses Lionel Soroko, actualmente en la ciudad de Curicó, donde se desempeña como comerciante, considerándose más bien chileno. Relata que el día 16 de febrero de 2025 viajó a Argentina de vacaciones, como lo ha hecho en otras oportunidades, regresando el 4 de febrero del mismo año, vía Aeropuerto de Pudahuel, sin embargo, le fue denegada su entrada a Chile por parte del Departamento de Migraciones de la Policía de Investigaciones, específicamente, indica que el 4 de febrero, al arribar al Aeropuerto Pudahuel y se le embarcó de vuelta a Argentina. Sostiene que el acto ilegal y arbitrario, el cual solicita se deje sin efecto, dispone que la causal por la que se denegó su ingreso a Chile es la contemplada en el artículo 32 numeral 6 de la Ley 21.325, cuestión que, a su juicio, resulta errónea, y por ende, arbitraria e ilegal, ya que si bien reconoce que efectivamente fue condenado por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT 8581-2020, por los delitos d
Fundamentos
considerando precedente para impedir el ingreso del amparado al territorio de la República, lo que se suma al hecho de que el amparado es beneficiario de la residencia definitiva, motivo por el cual la presente acción constitucional deberá ser acogida.
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se tenga por interpuesta la Acción Constitucional de Amparo, en su favor, contra el Departamento de Migraciones de la Policía de Investigaciones de Chile, por afectar su actuación el derecho a la libertad personal y, en definitiva, se le permita el ingreso a nuestro país. Segundo: Que mediante Ordinario N° 37, de 24 de marzo de 2025, evacuó informe la Prefectura Policía Internacional Aeropuerto, por medio de su Prefecto, señor Héctor Montecinos Sobino, explicando que dicha institución es competente para el control migratorio, de conformidad con el artículo 5° del Decreto Ley N° 2.460, de fecha 9 de enero de 1979, Ley Orgánica de la Policía de Investigaciones de Chile, en concordancia con el artículo 166°, número 1, de la Ley 21.325, "Ley de Migración y Extranjería", disposiciones que le otorgan facultades para controlar el ingreso y egreso de los extranjeros e impedir que entren o salgan del territorio nacional personas que no cumplan con los requisitos establecidos en los cuerpos legales mencionados. En cuanto a los hechos fundantes de la presente acción constitucional, la autoridad policial relata que, según lo informado por el Departamento de Migraciones y Policía Internacional Aeropuerto, que el pasajero Lucas Nicolás Vladimir Soroko, de nacionalidad argentina, nacido el 15 de junio de 1997, titular de la cédula de identidad para extranjeros N° 22.497.439-6, arribó a Chile el día 4 de febrero d
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Lucas Nicolás Vladimir Soroko, argentino con residencia definitiva en Chile desde el 17 de febrero de 2009, deduciendo acción de amparo constitucional en su favor, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, por haber denegado su entrada al país, actuación que conside
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica