SIN INFORMACION

MATAMALA/REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN

Rol

Fecha

26 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: 1°.- Que, comparece Eliet Damari Fuentes Orellana, abogada, domiciliada en Avenida O’Higgins N°2086, Panamericana Norte, de la comuna Chillán, en representación convencional de don Guillermo Eduardo Matamala Valdés, chileno, soltero, empleado, domiciliado en Calle Constitución N°55, Chillán; quien interpone acción de protección a favor de este último en contra de la Dirección Regional Bio Bio del Servicio de Registro Civil e Identificación, por haberse vulnerado las garantías constitucionales establecidas en los numerales 2º y 24º del artículo 19 de la Constitución Política de la República, por la negativa, arbitraria e ilegal del Servicio de eliminar de la Resolución Exenta PE N°2563 de 24 de septiembre de 2024, a don Eduardo Segundo Matamala Luengo, de la posesión efectiva del causante don Eduardo Matamala Salazar, atendido que Matamala Luengo se encontraba fallecido al momento de la apertura de la sucesión de Matamala Salazar, lo que se desprendería de la simple lectura de los respectivos certificados de defunción N°629 del año 1961 y N°950 del año 1953. Expone que con fecha 25 de noviembre de 1953, falleció don Eduardo Segundo Matamala Luengo. Luego, con fecha 10 de noviembre de 1961, ocurrió la defunción su padre don Eduardo Matamala Salazar. Refiere que don Eduardo Segundo Matamala Luengo al momento de fallecer no tenía descendencia. Señala que con fecha 24 de septiembre de 2004, se dictó por el Director Regional del Bio Bio del Servicio de Registro Civil e Identificación la Resolución Exenta PE N°2563, que concedió la posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de don Eduardo Matamala Salazar, a sus herederos: a) Juana Uberlinda Matamala Valdés, en calidad de nieta, en representación del hijo ya fallecido don Juan Guillermo Matamala Luengo; b) Guillermo Eduardo Matamala Valdés, en calidad de hijo; c) Uberlinda Luengo Luengo, en calidad de cónyuge sobreviviente, d) Eduardo Segundo Matamala Luengo, en calidad de hijo. Agrega q

Fallo

fallo de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, referente a un caso similar al de autos, tramitado bajo el rol 21761-2024, de fecha 12 de febrero de 2025, en donde se acogió el recurso. Termina solicitando se tenga por interpuesta la Acción Constitucional de Protección; se admita a tramitación y se acoja, ordenando que el Servicio de Registro Civil e Identificación rectifique la Posesión Efectiva Nro. Inscripción 12.154 del año 2004, concedida por Resolución Exenta 2563 de fecha 24 de septiembre de 2004, del Director Regional del Bio Bio del Servicio de Registro Civil e Identificación, publicada con fecha 1 de octubre de 2004, eliminando de aquella a don Eduardo Segundo Matamala Luengo, fallecido con anterioridad a la apertura de la sucesión del causante, y la corrija en el sentido de indicar que don Guillermo Eduardo Matamala Valdés, es heredero en calidad de nieto, en representación del hijo ya fallecido don Juan Guillermo Matamala Luengo. 2°. - Que, informa doña Sandra Ibáñez Hinojosa, Directora Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación del Bio Bio, y señala primeramente que revisado el sistema automatizado de posesiones efectivas, el 4 de marzo de 2024, se da cuenta que respecto de los bienes quedados al fallecimiento del causante Eduardo Matamala Salazar se han ingresado a tramitación las siguientes solicitudes: a) Solicitud de Posesión efectiva N° 514, de fecha 10 de septiembre de 2004, en la oficina de Chillán, concedida por resolución exenta N° 2

Texto Completo (Preview)

Chillán, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. Visto: 1°.- Que, comparece Eliet Damari Fuentes Orellana, abogada, domiciliada en Avenida O’Higgins N°2086, Panamericana Norte, de la comuna Chillán, en representación convencional de don Guillermo Eduardo Matamala Valdés, chileno, soltero, empleado, domiciliado en Calle Constitución N°55, Chillán; quien interpone acción de protección a favor d

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