TEGLER/BORIC
Rol
Fecha
26 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste hubiere sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenacen, perturben o priven del ejercicio legítimo de alguna de las garantías indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2) Que del relato fáctico de la acción impetrada no se advierte la existencia de hechos que amenacen, perturben o priven del ejercicio legítimo de alguna de las garantías constitucionales que se indican, por lo que en razón de la norma contenida en el inciso 2° del numeral 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y
Fallo
Fallo del Recurso de Protección, éste no puede prosperar en su tramitación. Y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto a folio 1. Al primer y tercer otrosí: Estese a lo resuelto precedentemente. Regístrese y archívese. Rol Corte Protección N° 341-2025
Texto Completo (Preview)
Talca, veintiseis de marzo de dos mil veinticinco. Resolviendo a lo principal de folio 1: VISTO Y CONSIDERANDO: 1) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste hubiere sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenacen, perturben o priven del ejercicio legítimo de alguna de las garantías indicadas en el artículo 20 de la Cons
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