SIN INFORMACION

CARMELLE LOUIS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

26 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Javiera Prado Flores en representación de la ciudadana haitiana, Carmelle Louis, interpone acción constitucional de amparo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que califica de ilegal consistente en el rechazo de su solicitud de residencia definitiva disponiendo su abandono del país, lo que estima vulnera lo dispuesto en el artículo 19 Nº7 de la Constitución Política de la República. Expone que el 19 de febrero de 2025 a través de la Resolución Exenta Nº25094068, la recurrida rechazó la solicitud de permanencia definitiva formulada y dispuso el abandono del país, ya que no cumpliría con los requisitos que la habilitan para residir en el país al no remitir copia de su certificado de antecedentes penales de su país de origen debidamente legalizado o apostillado. Pide que se deje sin efecto la resolución, se retrotraiga el proceso administrativo y se regularice su situación migratoria. Segundo: Que informa el Servicio Nacional de Migraciones y solicita el rechazo del recurso. Explica que el 5 de septiembre de 2023 el recurrente solicitó su permanencia definitiva, el 12 de abril de 2024 le informó que se encontraba comprendido en una causal de rechazo de su solicitud ya que no acompañó antecedentes para acreditar su arraigo laboral. Indica que el 5 de septiembre de 2024 le informó que debía acompañar su certificado de antecedentes penales de su país de origen, carga con la que no cumplió en el plazo de 60 días, por lo que el 19 de febrero de 2025 dictó la resolución cuestionada en estos autos. Tercero: Que evacua informe la Policía de Investigaciones de Chile, Prefectura de Migraciones y Policía Internacional Metropolitana y refiere que el recurrente no presenta órdenes de expulsión, aprehensión, arrestos, ni arraigos vigentes en su contra y que su último movimiento migratorio es el ingreso al país el año 2019. Cuarto: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que tod

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Carmelle Louis en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°383-2025 Amparo

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiséis de marzo dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Javiera Prado Flores en representación de la ciudadana haitiana, Carmelle Louis, interpone acción constitucional de amparo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que califica de ilegal consistente en el rechazo de su solicitud de residencia definitiva disponiendo su abandono del paí

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