MP C/ CLAUDIO ALEJANDRO MUNOZ ARAVENA
Rol
Fecha
26 de marzo de 2025
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
hechos punibles y los mismos elementos permiten presumir fundadamente la participación del imputado San Martín Espinoza, en los hechos, habida consideración que éste fue controlado por la policía, en horas de la mañana, cuando conducía un vehículo con otros cuatro sujetos en su interior, junto con las armas y demás elementos incautados en ese procedimiento, lo que permite configurar en esta etapa primigenia de investigación los presupuestos materiales contemplados en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 3°.- Que, en cuanto a la necesidad de cautela, esta Corte comparte los
Fundamentos
fundamentos de la resolución en alzada, en relación a los elementos objetivos y particulares respecto del encausado, que se presentan, a saber: el número y naturaleza de los delitos por los cuales ha sido formalizado, los antecedentes pretéritos que dan cuenta que ha sido condenado con anterioridad por delitos que afectan bienes jurídicos de similar naturaleza que los investigados en estos autos y las circunstancias de haber actuado en grupo o pandilla; de manera que estos elementos determinan que la libertad del referido imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, constituyéndose en la única medida que, por ahora, satisface los fines de este procedimiento.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada el dieciocho de marzo de dos mil veinticinco, por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado Marcelo San Martín Espinoza. Comuníquese y devuélvase al juzgado de origen. Rol N° 421-2025. Penal.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS, OÍDOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que la defensa del imputado Marcelo San Martín Espinoza se alzó en contra de la resolución de dieciocho de marzo del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva a su respecto, quien fue formalizado como autor de
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