1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ALBORNOZ/NAVIERA ANTARTICA SPA

Rol

Fecha

26 de marzo de 2025

Materia

SUBTERFUGIO

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de uno de marzo de dos mil veinticuatro, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en los autos RIT O-206-2023, se acogió la demanda en contra de Costa Austral SpA, solo en cuanto se declara que se le condena al pago de remuneraciones pendientes, mes de aviso, feriado, indemnizaciones por años de servicio, cotizaciones previsionales de acuerdo con el detalle que entrega para cada uno de los demandantes, más reajustes e intereses, rechazando en todas sus partes la demanda interpuesta en contra de Naviera Austral SpA, debiendo cada parte pagar sus costas. En contra de este fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad esgrimiendo la causal establecida en el artículo del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, solicitando que se anule en la parte que rechazó la declaración de unidad económica entre los demandados y se les condene solidariamente al pago de las prestaciones establecidas en la sentencia, con costas. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento, oportunidad en que ambas partes alegaron.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que el recurrente funda la causal invocada en que la valoración de la prueba de autos ha sido efectuada con infracción a las reglas de la sana crítica, en particular, al principio de la lógica de la razón suficiente, analizando sus requisitos, por cuanto habrían existido medios probatorios que no fueron ponderados de forma correcta, lo que devino en el rechazo de la declaración de unidad económica de las demandadas, siendo del caso que existían indicios claros que permitían acoger dicha acción. Expone, en síntesis, que el vicio se produce en el considerando décimo tercero cuando el sentenciador argumenta el rechazo de esa solicitud sobre la base que no se habrían acreditado los requisitos del artículo 3 del Código del Trabajo para declarar la unidad económica, sin embargo, en este caso, la conclusión arribada en la sentencia no es una consecuencia de un análisis racional y particular de la prueba documental, confesional y testimonial que detalla, las que si bien fueron analizadas, no se le habría otorgado el valor probatorio conforme a las reglas de la sana crítica. A continuación, especifica la prueba que estima fue valorada de forma incorrecta en el

Fallo

se declara que se le condena al pago de remuneraciones pendientes, mes de aviso, feriado, indemnizaciones por años de servicio, cotizaciones previsionales de acuerdo con el detalle que entrega para cada uno de los demandantes, más reajustes e intereses, rechazando en todas sus partes la demanda interpuesta en contra de Naviera Austral SpA, debiendo cada parte pagar sus costas. En contra de este fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad esgrimiendo la causal establecida en el artículo del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, solicitando que se anule en la parte que rechazó la declaración de unidad económica entre los demandados y se les condene solidariamente al pago de las prestaciones establecidas en la sentencia, con costas. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento, oportunidad en que ambas partes alegaron. Considerando: Primero: Que el recurrente funda la causal invocada en que la valoración de la prueba de autos ha sido efectuada con infracción a las reglas de la sana crítica, en particular, al principio de la lógica de la razón suficiente, analizando sus requisitos, por cuanto habrían existido medios probatorios que no fueron ponderados de forma correcta, lo que devino en el rechazo de la declaración de unidad económica de las demandadas, siendo del caso que existían indicios claros que permitían acoger dicha acción. Expone, en síntesis, que el vicio se produce en el considerando décimo tercero cuando el sentenciador argumenta

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. Vistos: Por sentencia de uno de marzo de dos mil veinticuatro, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en los autos RIT O-206-2023, se acogió la demanda en contra de Costa Austral SpA, solo en cuanto se declara que se le condena al pago de remuneraciones pendientes, mes de aviso, feriado, indemnizaciones por años de serv

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