JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LOS VILOS

C/ BENJAMIN ESTEBAN LOPEZ MARTINEZ

Rol

Fecha

26 de marzo de 2025

Materia

RECEPTACION DE VEHICULOS MOTORIZADOS

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo señalado por los intervinientes en audiencia y, teniendo especialmente presente las circunstancias de comisión del delito, resultando, por tanto, proporcional la medida cautelar de prisión preventiva por peligro de fuga decretada y, visto lo dispuesto en los artículos 140, 146, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de diecisiete de marzo de dos mil veinticinco, CON DECLARACIÓN que se rebaja el monto de la caución fijada a la suma de seiscientos mil pesos ($600.000).- Comuníquese por la vía más rápida al Tribunal a quo, a fin que adopte las providencias necesarias en caso de que el imputado constituya la caución. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora (I) señora Claudia Castro Aquea. Devuélvase vía interconexión. Rol N°224-2025 Penal.-

Fallo

por tanto, proporcional la medida cautelar de prisión preventiva por peligro de fuga decretada y, visto lo dispuesto en los artículos 140, 146, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de diecisiete de marzo de dos mil veinticinco, CON DECLARACIÓN que se rebaja el monto de la caución fijada a la suma de seiscientos mil pesos ($600.000).- Comuníquese por la vía más rápida al Tribunal a quo, a fin que adopte las providencias necesarias en caso de que el imputado constituya la caución. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora (I) señora Claudia Castro Aquea. Devuélvase vía interconexión. Rol N°224-2025 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. Siendo las 9:47 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra Titular señora Gloria Negroni Vera e integrada por el Ministro Suplente señor Carlos Jorquera Peñaloza y el abogado señor Jaime Camus del Valle, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa, en c

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