JUZGADO DE FAMILIA PUERTO VARAS

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

26 de marzo de 2025

Materia

ALIMENTOS, REBAJA

Resultado

REVOCADA

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Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. Vistos. El mérito de los antecedentes y teniendo presente, además, que del análisis del artículo 1°, inciso tercero de la Ley N°14.908, reformado por la Ley N°21.484, se desprende que la limitación normativa relativa a la admisibilidad de acciones destinadas a rebajar pensiones alimenticias se encuentra expresamente circunscrita al supuesto

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