JUZGADO DE FAMILIA PUERTO VARAS
ANONIMIZADO
Rol
Fecha
26 de marzo de 2025
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
REVOCADA
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. Vistos. El mérito de los antecedentes y teniendo presente, además, que del análisis del artículo 1°, inciso tercero de la Ley N°14.908, reformado por la Ley N°21.484, se desprende que la limitación normativa relativa a la admisibilidad de acciones destinadas a rebajar pensiones alimenticias se encuentra expresamente circunscrita al supuesto
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