JIMENEZ CASTRO FRANCISCO ANTONIO / FUNDACION ARTURO LOPEZ PEREZ
Rol
Fecha
26 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece don Francisco Jiménez Castro, en representación de su cónyuge doña Ana María Tolentino Zamorano, e interpone acción de protección en su favor, en contra de Fundación Arturo López Pérez (FALP), por el acto que estima arbitrario e ilegal consistente en no dar cobertura a la actora conforme a convenio de Protección Oncológica. Señala que, el día 25 de octubre de 2005, suscribió un convenio con la FALP (Fundación Arturo López Pérez), para obtener protección oncológica, incorporando posteriormente como beneficiaria, a su cónyuge, doña Ana María Tolentino Zamorano. Indica que, en el mes de marzo de 2024, a su cónyuge la diagnostican con leucemia mieloblástica aguda, razón por la cual se trasladan desde la comuna de Villarrica hasta Santiago, para estar lo más cerca posible de la Fundación Arturo López Pérez, para hacer su tratamiento bajo los términos de los convenios firmados. Expone que ingresan a la FALP el día 2 de abril de 2024, teniendo hora agendada con el Dr. Raimundo Gazitúa, quien solicitó de inmediato activar el convenio pues revisó todos los antecedentes médicos de Ana María, a fin de descartar cualquier otro tipo de cáncer en su organismo, por lo que dicho médico solicita efectuar una nueva biopsia a su cónyuge, al día siguiente, procedimiento que hizo el Dr. Sebastián Hidalgo, pensando que dicho procedimiento era parte del protocolo interno de la recurrida. Sin embargo, refiere que ello no fue considerado por la Institución, quien envió por correo electrónico, una cuenta por pagar de $2.451.364. Afirma que realizaron los reclamos respectivos enviando carta de apelación y conversando con personal de la recurrida, explicándoles que cumplieron con todo lo que establecía el convenio, que esta nueva biopsia arrojó el mismo resultado que la biopsia que entregamos al Dr. Gazitúa y con el mismo tratamiento, Azacitidina. Sostiene que presentó un reclamo a la Superintendencia de Salud, sin tener de parte de dicha
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso deducido en favor de Ana María Tolentino Zamorano en contra de Fundación Arturo López Pérez. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Protección N°18479-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece don Francisco Jiménez Castro, en representación de su cónyuge doña Ana María Tolentino Zamorano, e interpone acción de protección en su favor, en contra de Fundación Arturo López Pérez (FALP), por el acto que estima arbitrario e ilegal consistente en no dar cobertura a la actor
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