ALVARADO RUBIO, CARLOS ENRIQUE/SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DE LA SERENA
Rol
Fecha
26 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°. Que, el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban, o privan del ejercicio legítimo de algunas de las garantías enumeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2°. Que, de la sola lectura de lo que expone el recurrente, se desprende que los hechos descritos están siendo conocidos por el Segundo Juzgado de Letras de La Serena, en causa Rol C-246-2022, de manera que el asunto está sometido al imperio del derecho, existiendo autoridad competente ante la cual se podrán hacer las alegaciones pertinentes y deducir los recursos que procedan, a fin de eliminar el supuesto agravio que se ocasionó producto de la dictación de la resolución judicial en contra de la cual se recurre, todo lo cual impide que esta acción tutelar pueda ser acogida a tramitación. Por estas consideraciones y, de conformidad, además, con el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de protección, se declara INADMISIBLE el recurso interpuesto en favor de don Carlos Enrique Alvarado Rubio, por improcedente. Regístrese y archívese en Sitcorte en su oportunidad. Rol N°470-2025 Protección.-
Fallo
Por estas consideraciones y, de conformidad, además, con el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de protección, se declara INADMISIBLE el recurso interpuesto en favor de don Carlos Enrique Alvarado Rubio, por improcedente. Regístrese y archívese en Sitcorte en su oportunidad. Rol N°470-2025 Protección.-
Texto Completo (Preview)
Alvarado Rubio, Carlos Enrique Segundo Juzgado de Letras de La Serena Recurso de protección. Rol N°470-2025.- La Serena, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°. Que, el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban, o privan del ejerc
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