JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

MP C/KENNETH ALEJANDRO MÉNDEZ GALLARDO.

Rol

Fecha

26 de marzo de 2025

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes y la exhibición del video durante la vista del recurso, aparece que, en el actual estadio procesal, no es posible desvirtuar la concurrencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por el que se formalizó la investigación y la eventual participación del imputado en el mismo, por lo que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva en su oportunidad. En cuanto a la necesidad de cautela, la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la gravedad de la pena asignada al delito, carácter del mismo, bien jurídico protegido, la circunstancia de haber actuado en grupo o pandilla, penalidad asignada en la ley y eventual forma de cumplimiento, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de veinticuatro de marzo del año en curso, en los autos RIT 8263-2024, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que sustituyó la prisión preventiva del imputado, por medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal y se declara que se mantiene la referida medida cautelar de prisión preventiva de Kenneth Alejandro Méndez Gallardo. Acordada con el voto en contra de la ministra señora Escanilla, quien fue del parecer de confirmar la referida resolución, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 929-2025 Penal

Fallo

se declara que se mantiene la referida medida cautelar de prisión preventiva de Kenneth Alejandro Méndez Gallardo. Acordada con el voto en contra de la ministra señora Escanilla, quien fue del parecer de confirmar la referida resolución, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 929-2025 Penal

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 929-2025 Penal Ruc: 2401091634-4 RIT: 8263-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Integrantes: Ministros señor Danilo Quezada Rojas y señora Carmen Gloria Escanilla Pérez y abogado integrante señora Gabriela Carrasco Tobar. Relator: Diego Muñoz Gaete Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Fabiola Liza

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