LUKACS CERON LENKE PAMELA CON ABARCA BUSTAMANTE FRANCISCO ISAIAS Y OTROS (S)
Rol
82474-2021
Fecha
14 de diciembre de 2022
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO
Hechos
VISTO: En estos autos sobre nulidad, Rol 1079-2015 seguidos ante el Juzgado de Letras de San Vicente caratulados “Lukacs Ceron Lenke Pamela con Arancibia Bustamante Francisco y otros”, por sentencia de veinte de agosto de dos mil veinte el juez titular del referido tribunal rechazó la demanda, con costas. La demandante dedujo recurso de apelación en contra de dicho fallo y una sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua, por resolución de veintiséis de agosto de dos mil veintiuno, lo confirmó. En contra de esta última decisión la misma parte dedujo recurso de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente sostiene que el
Fallo
fallo y una sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua, por resolución de veintiséis de agosto de dos mil veintiuno, lo confirmó. En contra de esta última decisión la misma parte dedujo recurso de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente sostiene que el fallo cuestionado infringió lo dispuesto en el artículo 425 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 842 del Código Civil. Afirma que no obstante lo certero y preciso del informe pericial, en especial cuando hace referencia a la unidad de medida y la determinación de los deslindes, el fallo omitió pronunciarse sobre su valor probatorio. Continúa sosteniendo que los sentenciadores, han adoptado la decisión de rechazar la demanda sin expresar los razonamientos ni las disquisiciones intelectuales exigidas por el legislador para justificarlo, cuestión que a su turno conlleva la conculcación del artículo 842 del Código Civil, toda vez que en las referidas condiciones no se ha establecido la delimitación real, definitiva y precisa de la propiedad de la actora, con el límite norte de la propiedad de los demandados, la que se encuentra demostrada en el peritaje topográfico debiendo anularse el fallo y dictarse uno de reemplazo que acoja la acción. SEGUNDO: Que para una acertada resolución del recurso de nulidad sustancial resulta conveniente dejar constancia de las siguientes actuaciones del proceso: 1.- Comparece doña Lenke Pamela Lukacs Cerón quien d
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Santiago, catorce de diciembre de dos mil veintidós. VISTO: En estos autos sobre nulidad, Rol 1079-2015 seguidos ante el Juzgado de Letras de San Vicente caratulados “Lukacs Ceron Lenke Pamela con Arancibia Bustamante Francisco y otros”, por sentencia de veinte de agosto de dos mil veinte el juez titular del referido tribunal rechazó la demanda, con costas. La demandante dedujo recurso de apelaci
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